El papel del artículo 8 CEDH en la construcción del margen de apreciación nacional y la doctrina de las obligaciones positivas del Estado.

El artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos –que protege los derechos al respeto la vida privada y familiar, el domicilio y la correspondencia– se ha configurado en estos setenta años de Convenio como uno de los escenarios habituales del desarrollo del margen de apreciación nacional y la...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Redondo Saceda, Lara
Tipo de recurso: artículo
Fecha de publicación:2020
País:España
Institución:Universidad de Murcia
Repositorio:DIGITUM. Depósito Digital Institucional de la Universidad de Murcia
OAI Identifier:oai:digitum.um.es:10201/107542
Acceso en línea:https://doi.org/10.6018/analesderecho.452681
http://hdl.handle.net/10201/107542
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Artículo 8 CEDH
Margen de apreciación nacional
Obligaciones positivas del estado
Article 8 ECHR
Margin of appreciation of the state
State positive obligations
CDU::3 - Ciencias sociales::Derecho: 34
Descripción
Sumario:El artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos –que protege los derechos al respeto la vida privada y familiar, el domicilio y la correspondencia– se ha configurado en estos setenta años de Convenio como uno de los escenarios habituales del desarrollo del margen de apreciación nacional y la doctrina de las obligaciones positivas del Estado. Esto parece justificarse en el contenido y estructura de este artículo y en las restricciones y limitaciones al ejercicio de estos derechos establecidas por su párrafo segundo. En este marco, el objetivo de este artículo es analizar cuál ha sido el papel del artículo 8 CEDH en el desarrollo de estos estándares interpretativos y cómo ha influido en la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos