Algunos interrogantes sobre la integración de la inteligencia artificial en la administración pública

La realidad de la inteligencia artificial es innegable. Por ello, es necesaria su regulación para ordenar dicha realidad y asegurar que el uso que se haga de la misma sea el adecuado, controlando y evitando los riesgos, peligros y daños que pueda generar. El Derecho va por detrás de la realidad, lo...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Sarasíbar Iriarte, Miren
Tipo de recurso: artículo
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2023
País:España
Institución:Universidad Pública de Navarra
Repositorio:Academica-e. Repositorio Institucional de la Universidad Pública de Navarra
OAI Identifier:oai:academica-e.unavarra.es:2454/48048
Acceso en línea:https://hdl.handle.net/2454/48048
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Inteligencia artificial
Administración pública
Descripción
Sumario:La realidad de la inteligencia artificial es innegable. Por ello, es necesaria su regulación para ordenar dicha realidad y asegurar que el uso que se haga de la misma sea el adecuado, controlando y evitando los riesgos, peligros y daños que pueda generar. El Derecho va por detrás de la realidad, lo contrario no tiene sentido, y ante esta novedad que se está implantando en muchos sectores de la sociedad y se está valorando el que se integre en otros tantos, es necesaria la existencia de una normativa propia en dicho ámbito. Asimismo, y de forma complementaria, considero esencial que en la normativa sectorial se integren medidas sobre inteligencia artificial porque, de lo contrario, resultará una regulación parcial e incompleta. Ante la irrupción de la inteligencia artificial en la Administración pública, es necesario que previamente, como he mencionado, exista una normativa al respecto donde se establezcan no sólo los límites de la actuación administrativa, sino que se preserven las garantías del particular ante la Administración. El sujeto no puede verse perjudicado por el hecho de que intervenga la inteligencia artificial, por lo que sus derechos y garantías deben ser como mínimo las mismas que si dicha actuación fuera llevada a cabo por un sujeto humano, empezando por la obligación que tiene de cumplir con un procedimiento previo antes de dictar la resolución final, sea quien sea el sujeto autor de la misma, un humano o una máquina. Dejando clara estas ideas, me surgen algunas inquietudes respecto de la implantación de la inteligencia artificial en el entramado administrativo, que es lo que a lo que me voy a referir en este artículo.