Sistemas alternativos de resolución de conflictos

Este capítulo forma parte del libro Visión comparada de experiencias en el campo de la mediación europea, una obra colectiva que recoge las aportaciones de expertos y profesionales del ámbito de la mediación y el trabajo social procedentes de distintos países europeos. El libro surge en el marco de...

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Detalles Bibliográficos
Autores: Blanco Carrasco, Marta, Blanco, Elena
Tipo de recurso: capítulo de libro
Fecha de publicación:2020
País:España
Institución:Universidad Complutense de Madrid (UCM)
Repositorio:Docta Complutense
Idioma:inglés
OAI Identifier:oai:docta.ucm.es:20.500.14352/119471
Acceso en línea:https://hdl.handle.net/20.500.14352/119471
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Sistemas Alternativos de resolución de conflictos
Mediación
Arbitraje
Conciliación
Internacional
Derecho civil
56 Ciencias Jurídicas y Derecho
59 Ciencia Política
63 Sociología
Descripción
Sumario:Este capítulo forma parte del libro Visión comparada de experiencias en el campo de la mediación europea, una obra colectiva que recoge las aportaciones de expertos y profesionales del ámbito de la mediación y el trabajo social procedentes de distintos países europeos. El libro surge en el marco de un seminario internacional en el que se compartieron experiencias en torno a la gestión de conflictos, la mediación, la negociación y la cultura de paz. La obra está dirigida por Leticia García Villaluenga y Marta Blanco Carrasco, y coordinada por Elena de Gracia Rodríguez. Participan autores y autoras de reconocida trayectoria en el ámbito académico y profesional de la resolución de conflictos. El segundo capítulo, titulado “Sistemas alternativos de resolución de conflictos”, está escrito por Marta Blanco Carrasco y Elena Blanco. En él se revisan los orígenes y fundamentos de los sistemas alternativos de resolución de conflictos (conocidos como ADR por sus siglas en inglés). Las autoras analizan desde una perspectiva jurídica las diferencias entre arbitraje, conciliación, negociación y transacción. Asimismo, destacan el reconocimiento legal que ha adquirido la mediación como un sistema autónomo dentro del conjunto de métodos alternativos. Subrayan la importancia de que los y las mediadoras sean capaces de identificar claramente las similitudes y diferencias entre su práctica y otros procedimientos con los que puede ser confundida, a fin de preservar su especificidad y función dentro del ámbito de la resolución de conflictos.