La diferencia entre el mediador comunicativo y el intérprete de lengua de signos

El 3 de octubre de 2014, se aprobó el RD 831/2014, donde se aprobó en todo el estado español el Grado Superior en Técnico en Mediación Comunicativa. Esta figura profesional convivirá con el Intérprete de Lengua de Signos. Por lo tanto, estamos asistiendo al inicio de un nuevo perfil profesional que...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Mayor García, Juan Antonio
Tipo de recurso: artículo
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2016
País:España
Institución:Publicaciones Didácticas
Repositorio:Publicaciones Didácticas. repositorio oai
OAI Identifier:oai:publicacionesdidacticas.com:069082
Acceso en línea:https://publicacionesdidacticas.com/hemeroteca/articulo/069082
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:mediación comunicativa
intérprete de lengua de signos
lengua de signos
persona sorda y persona sordociega
Descripción
Sumario:El 3 de octubre de 2014, se aprobó el RD 831/2014, donde se aprobó en todo el estado español el Grado Superior en Técnico en Mediación Comunicativa. Esta figura profesional convivirá con el Intérprete de Lengua de Signos. Por lo tanto, estamos asistiendo al inicio de un nuevo perfil profesional que debemos no confundir, asegurando una respuesta adecuada a las necesidades de cada usuario. El nivel de funcionamiento de la persona, su motivación, y su entorno serán la clave para determinar si necesita utilizar al profesional de la interpretación, o un mediador.