El Tribunal Europeo de Derechos Humanos y el Derecho de los Tratados, ¿Fragmentación o Unidad?

Este artículo analiza cómo el Tribunal Europeo de Derechos Humanos asume y aplica las normas de derecho internacional «clásicas», en concreto, el derecho de los tratados. La recepción y aplicación por el TEDH del derecho internacional general tiene un especial interés dadas las características espec...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Binder, C. (Christina)|||/items/4f9edf4b-9daa-449a-a587-0d6b22a9a328
Tipo de recurso: artículo
Fecha de publicación:2015
País:España
Institución:Universidad de Navarra
Repositorio:Dadun. Depósito Académico Digital de la Universidad de Navarra
Idioma:español
OAI Identifier:oai:dadun.unav.edu:10171/42262
Acceso en línea:https://hdl.handle.net/10171/42262
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:reservas
fragmentación de Derecho internacional
Derecho de los tratados
Convenio Europeo de Derechos Humanos
Tribunal Europeo de Derechos Humanos
Descripción
Sumario:Este artículo analiza cómo el Tribunal Europeo de Derechos Humanos asume y aplica las normas de derecho internacional «clásicas», en concreto, el derecho de los tratados. La recepción y aplicación por el TEDH del derecho internacional general tiene un especial interés dadas las características específicas del Convenio Europeo de Derechos Humanos que como todo convenio de derechos humanos confiere derechos a los individuos y esto difiere del derecho internacional clásico de las relaciones interestatales basado en la reciprocidad. En concreto, se analiza si desde un enfoque general del derecho de los tratados, el TEDH ofrece una protección efectiva de acuerdo con el objeto y el fin del mismo. Este análisis se inscribe en el contexto doctrinal de la fragmentación y la unidad del derecho internacional. Arroja como resultado que la recepción por parte del TEDH del derecho de los tratados difiere del enfoque clásico del Convenio de Viena sobre el derecho de los tratados. Se justifica, no obstante, por la especificidad de los derechos humanos. En definitiva, esta aplicación fomenta más que debilita el sistema general del derecho internacional.