La revitalización de la protección de la denostada doctrina Dauoidi a raíz de la Ley 15/2022 integral para la igualdad de trato y la no discriminación

La sentencia del TJUE de 1 de diciembre de 2016 en el “caso Daouidi” supuso la última piedra de toque en una construcción proteccionista de los trabajadores enfermos que resultaban injustamente despedidos. Sin embargo, dicha doctrina tuvo poco calado en la jurisprudencia española, cuyo interprete má...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Moreno Domínguez, Juan Francisco
Tipo de recurso: artículo
Fecha de publicación:2023
País:España
Institución:Universidad de Huelva (UHU)
Repositorio:Arias Montano. Repositorio Institucional de la Universidad de Huelva
Idioma:español
OAI Identifier:oai:ariasmontano.uhu.es:10272/25548
Acceso en línea:https://hdl.handle.net/10272/25548
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Enfermedad
Discriminación
Despido
Ley 15/2022
Sickness
Discrimination
Dismissal
Law 15/2022
56 Ciencias Jurídicas y Derecho
Descripción
Sumario:La sentencia del TJUE de 1 de diciembre de 2016 en el “caso Daouidi” supuso la última piedra de toque en una construcción proteccionista de los trabajadores enfermos que resultaban injustamente despedidos. Sin embargo, dicha doctrina tuvo poco calado en la jurisprudencia española, cuyo interprete máximo, el TS, concluyó que la enfermedad no puede ser considerada como un factor discriminatorio en el ámbito del contrato de trabajo, salvo en casos muy concretos, haciendo una interpretación restrictiva de la misma. La Ley 15/2022 ha supuesto un claro avance, modificando dicho criterio y equiparando la enfermedad, o la condición de salud, al mismo nivel que el resto de causas de discriminación recogidas en el artículo 14 CE. En el presente trabajo analizaremos la evolución jurisprudencial del marco antidiscriminatorio y el impacto que la nueva ley tiene sobre los despidos injustificados de trabajadores enfermos.