Convenios colectivos de hostelería, sanidad y asistencia social
Desde el año 2002, los sucesivos Acuerdos Interconfederales para la negociación colectiva han reconocido la necesidad de que los convenios colectivos aborden la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres; y, desde esta perspectiva, han señalado que han de tratar aspectos tales como la jornada...
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| Tipo de recurso: | capítulo de libro |
| Fecha de publicación: | 2019 |
| País: | España |
| Institución: | Universidad Complutense de Madrid (UCM) |
| Repositorio: | Docta Complutense |
| Idioma: | español |
| OAI Identifier: | oai:docta.ucm.es:20.500.14352/102829 |
| Acceso en línea: | https://hdl.handle.net/20.500.14352/102829 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | 349.2 Convenios Colectivos hostelería, sanidad y asistencia social Conciliación de la vida personal, familiar y laboral Corresponsabilidad Igualdad de género Derecho laboral 56 Ciencias Jurídicas y Derecho |
| Sumario: | Desde el año 2002, los sucesivos Acuerdos Interconfederales para la negociación colectiva han reconocido la necesidad de que los convenios colectivos aborden la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres; y, desde esta perspectiva, han señalado que han de tratar aspectos tales como la jornada laboral, las vacaciones y la programación de la formación, con objeto de facilitar una correcta conciliación entre las necesidades productivas y las de índole familiar o personal. El objeto del presente estudio es descubrir si los convenios colectivos de las empresas de la Comunidad de Madrid que pertenecen a los sectores de la hostelería, la sanidad y la asistencia social dan una respuesta adecuada a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral. Para ello, se ha elegido una muestra de 47 convenios colectivos, publicados entre los años 2000 y 2018, ambos incluidos; aunque se ha centrado la atención en los posteriores a 2007. Y, acto seguido, partiendo de las peculiaridades de los mencionados sectores, se han examinado aquellos de sus mandatos que, directa o indirectamente, pueden tener una incidencia sobre la conciliación. Concretamente, se han analizado las cláusulas convencionales que regulan la igualdad y la protección frente al acoso, los permisos, las suspensiones de los contratos de trabajo, las excedencias, la ordenación del tiempo de trabajo y de los descansos, la organización del trabajo, la protección frente a la violencia de género y las ayudas de naturaleza económica. |
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