Convenios colectivos de hostelería, sanidad y asistencia social

Desde el año 2002, los sucesivos Acuerdos Interconfederales para la negociación colectiva han reconocido la necesidad de que los convenios colectivos aborden la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres; y, desde esta perspectiva, han señalado que han de tratar aspectos tales como la jornada...

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Detalhes bibliográficos
Autor: Serrano García, María Josefa
Formato: capítulo de livro
Fecha de publicación:2019
País:España
Recursos:Universidad Complutense de Madrid (UCM)
Repositorio:Docta Complutense
Idioma:español
OAI Identifier:oai:docta.ucm.es:20.500.14352/102829
Acesso em linha:https://hdl.handle.net/20.500.14352/102829
Access Level:acceso abierto
Palavra-chave:349.2
Convenios Colectivos hostelería, sanidad y asistencia social
Conciliación de la vida personal, familiar y laboral
Corresponsabilidad
Igualdad de género
Derecho laboral
56 Ciencias Jurídicas y Derecho
Descrição
Resumo:Desde el año 2002, los sucesivos Acuerdos Interconfederales para la negociación colectiva han reconocido la necesidad de que los convenios colectivos aborden la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres; y, desde esta perspectiva, han señalado que han de tratar aspectos tales como la jornada laboral, las vacaciones y la programación de la formación, con objeto de facilitar una correcta conciliación entre las necesidades productivas y las de índole familiar o personal. El objeto del presente estudio es descubrir si los convenios colectivos de las empresas de la Comunidad de Madrid que pertenecen a los sectores de la hostelería, la sanidad y la asistencia social dan una respuesta adecuada a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral. Para ello, se ha elegido una muestra de 47 convenios colectivos, publicados entre los años 2000 y 2018, ambos incluidos; aunque se ha centrado la atención en los posteriores a 2007. Y, acto seguido, partiendo de las peculiaridades de los mencionados sectores, se han examinado aquellos de sus mandatos que, directa o indirectamente, pueden tener una incidencia sobre la conciliación. Concretamente, se han analizado las cláusulas convencionales que regulan la igualdad y la protección frente al acoso, los permisos, las suspensiones de los contratos de trabajo, las excedencias, la ordenación del tiempo de trabajo y de los descansos, la organización del trabajo, la protección frente a la violencia de género y las ayudas de naturaleza económica.