Aprovechamientos comunales en el Condado de Niebla (1504-1686). Pervivencias y restricciones

El artículo explora la pervivencia de los usos comunales durante los siglos XVI y XVII. Los mecanismos fueron la privatización temporal de los recursos concejiles (desacoto de bellotas, usufructo de dehesas, baldíos, ejidos y extremos) y de bienes comunales, como los aprovechamiento de pastos en los...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Sánchez Corralejo, Juan Carlos
Tipo de recurso: artículo
Fecha de publicación:2021
País:España
Institución:Universidad de Huelva (UHU)
Repositorio:Arias Montano. Repositorio Institucional de la Universidad de Huelva
Idioma:español
OAI Identifier:oai:ariasmontano.uhu.es:10272/20719
Acceso en línea:http://hdl.handle.net/10272/20719
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Mesta
Enclosures
Extremos
Ejidos
Condado de Niebla
Aprovechamientos comunales
Desacoto de bellotas
Dehesas concejiles
Baldíos
Ends
Wastelands
Niebla County
Communal uses
Acorn desecration
Council meadows
Descripción
Sumario:El artículo explora la pervivencia de los usos comunales durante los siglos XVI y XVII. Los mecanismos fueron la privatización temporal de los recursos concejiles (desacoto de bellotas, usufructo de dehesas, baldíos, ejidos y extremos) y de bienes comunales, como los aprovechamiento de pastos en los baldíos; el disfrute de suertes de tierras comunales o bienes de propios en régimen de usufructo, e incluso la bellota residual de la montanera dentro de propiedades privadas. Las restricciones nacieron de la presión de los poderosos, en forma de usurpaciones ilegales, pero también de la presión de las clases populares que alentaron la privatización de espacios públicos, como las enclosures en las tierras del alfoz, o el reparto de abesanas y criaderos en las dehesas. El asiento de colmenas y la búsqueda de rozas y pastos, en los baldíos de Niebla, permitió la creación de alcarías o núcleos semipermanentes. Las urgencias fiscales y la cerrazón de las aldeas, incapaces de crear normas de distribución civilizadas de las comunidades de pasto de origen medieval, limitaron los usos comunales. Por ello, los aldeanos se vieron privados de los antiguos derechos a pastorear, cazar y cortar maderas y corchos y fueron limitados, asimismo, los derechos de espigueo y rastrojera. La pérdida progresiva de los bienes comunales y de propios y, por ende, de los usos comunales, vinieron de una concatenación de impulsos: a la extenuante presión impositiva, se unió la labor usurpadora de los poderosos, y también la presión ejercida por las clases humildes