El régimen procesal de los delitos sexuales perseguibles a instancia de parte
El presente trabajo pretende analizar el contenido del artículo 191 del Código Penal, precepto en el que se integran las peculiaridades existentes en materia de perseguibilidad, sobre todo en punto a la puesta en marcha del proceso penal, en algunos delitos sexua- les. Al respecto, entre las diversa...
| Autor: | |
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| Tipo de recurso: | artículo |
| Fecha de publicación: | 2011 |
| País: | España |
| Institución: | Universitat Autònoma de Barcelona |
| Repositorio: | Dipòsit Digital de Documents de la UAB |
| Idioma: | español |
| OAI Identifier: | oai:ddd.uab.cat:325051 |
| Acceso en línea: | https://ddd.uab.cat/record/325051 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | Delictes sexuals Perdó Denuncia Víctima Querella Fiscalía Perdón Delito sexual Report Victim Complaint Prosecutor's Office Pardon Sexual offence |
| Sumario: | El presente trabajo pretende analizar el contenido del artículo 191 del Código Penal, precepto en el que se integran las peculiaridades existentes en materia de perseguibilidad, sobre todo en punto a la puesta en marcha del proceso penal, en algunos delitos sexua- les. Al respecto, entre las diversas modalidades perse- cutorias incluidas en dicho artículo del texto penal de 1995, sobresale la de que el Ministerio Fiscal pueda, mediante querella, tras ponderar los legítimos intere- ses en presencia, incoar el procedimiento sin nece- sidad de la previa denuncia o querella de la víctima (mayor de edad, capaz y no desvalida). Y es que se trata del único supuesto en que el legislador penal ha dejado, en casos de infracciones penales no persegui- bles de oficio, tal posibilidad a la Fiscalía. |
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