Deber del juez de controlar de oficio las cláusulas abusivas en contratos celebrados con consumidores en el seno del concurso de acreedores

Es reiterada la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (en adelante, TJUE), en el sentido de que el juez nacional no sólo tiene la facultad, sino también el deber de controlar de oficio las cláusulas abusivas insertas en contratos celebrados con consumidores (así lo ha señalado, entre...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Cohen Benchetrit, Amanda
Tipo de recurso: artículo
Fecha de publicación:2017
País:España
Institución:Universidad Miguel Hernández de Elche
Repositorio:REDIUMH. Depósito Digital de la UMH
OAI Identifier:oai:dspace.umh.es:11000/26899
Acceso en línea:http://dspace.umh.es/handle/11000/26899
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:34 - Derecho::340 - Cuestiones generales de derecho. Métodos y ciencias auxiliares del derecho
Descripción
Sumario:Es reiterada la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (en adelante, TJUE), en el sentido de que el juez nacional no sólo tiene la facultad, sino también el deber de controlar de oficio las cláusulas abusivas insertas en contratos celebrados con consumidores (así lo ha señalado, entre otras y sin ánimo de ser exhaustiva, en las Sentencias de 27 de junio de 2.000 – Asunto Océano-; de 4 de junio de 2.009 – Asunto Pannon-; de 26 de enero de 2.017 – Asunto Banco Primus-, habiendo recaído todas estas resoluciones al contestar a las cuestiones prejudiciales planteadas por los Tribunales Nacionales en interpretación de la Directiva 93/13/ CEE del Consejo de 5 de abril de 1.993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores).