La licencia para realizar exorcismos (c. 1172)

El Ordinario del lugar es quien debe dar licencia peculiar y expresa al sacerdote para realizar los exorcismos mayores. El Ritual de Exorcismos dice que la licencia la otorgará el Ordinario del lugar “(…) el cual, según la norma, será el propio Obispo Diocesano (…)”. El estudio analiza los cánones q...

Full description

Bibliographic Details
Author: Gandía Barber, Juan Damián
Format: article
Publication Date:2013
Country:España
Institution:Universidad Católica de Valencia San Vicente Mártir
Repository:RIUCV. Repositorio de la Universidad Católica de Valencia San Vicente Mártir
Language:Spanish
OAI Identifier:oai:riucv.ucv.es:20.500.12466/210
Online Access:http://hdl.handle.net/20.500.12466/210
Access Level:Open access
Keyword:Licencias
Obispos
Exorcismo
Licenses
Bishops
Exorcism
5601 Derecho Canónico
Description
Summary:El Ordinario del lugar es quien debe dar licencia peculiar y expresa al sacerdote para realizar los exorcismos mayores. El Ritual de Exorcismos dice que la licencia la otorgará el Ordinario del lugar “(…) el cual, según la norma, será el propio Obispo Diocesano (…)”. El estudio analiza los cánones que el Código de 1917 dedica al exorcismo mayor, las afirmaciones del concilio con respecto a los sacramentales, el canon 1172, los documentos poscodiciales, las afirmaciones del Ritual de Exorcismos y algún documento posterior, en lo referente al sujeto que puede otorgar la licencia al sacerdote para realizar los exorcismos, conciliando los diversos textos.