La reforma del régimen local: una honda transformación de las relaciones intergubernamentales
La profunda reforma del régimen local acometida en la Ley 27/2013, ha supuesto una radical transformación de las relaciones interadministrativas en el seno del Estado Autonómico. De una parte, atribuye a las diputaciones nuevas funciones de liderazgo, supervisión y control de la actividad municipal,...
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| Tipo de recurso: | artículo |
| Estado: | Versión publicada |
| Fecha de publicación: | 2014 |
| País: | España |
| Institución: | Universidad de Sevilla (US) |
| Repositorio: | idUS. Depósito de Investigación de la Universidad de Sevilla |
| OAI Identifier: | oai:idus.us.es:11441/156214 |
| Acceso en línea: | https://hdl.handle.net/11441/156214 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | Autonomía local Bases del régimen local Coordinación Diputación provincial Estabilidad presupuestaria Financiación comunidades autónomas Municipios Relaciones intergubernamentales Tutela financiera Local autonomy Basic state local law Coordination Intermediate local governments (diputaciones) Budget stability Financing of Autonomous Communities Municipalities Intergovernmental relationships Financial control |
| Sumario: | La profunda reforma del régimen local acometida en la Ley 27/2013, ha supuesto una radical transformación de las relaciones interadministrativas en el seno del Estado Autonómico. De una parte, atribuye a las diputaciones nuevas funciones de liderazgo, supervisión y control de la actividad municipal, que en buena medida sirven para garantizar el cumplimiento de la disciplina fiscal impuesta por el Estado a los municipios. De otro lado, reencauza y condiciona el libre juego de las relaciones entre las comunidades autónomas y los entes locales, reconocido en la anterior redacción de la LRBRL y en los correspondientes estatutos (restricción del reconocimiento de competencias propias municipales; traslados competenciales obligatorios, etc.), hasta el punto de hacer dudar seriamente de si en algún caso no se han vaciado de contenido las competencias autonómicas. Finalmente, es el propio régimen de las relaciones financieras entre Estado/comunidades autónomas/entes locales el que resulta afectado por la Ley 27/2013, soslayándose así las específicas reservas de ley orgánica establecidas al respecto en la Constitución (artículos 135.5 y 157.3). |
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