La reforma del régimen local: una honda transformación de las relaciones intergubernamentales

La profunda reforma del régimen local acometida en la Ley 27/2013, ha supuesto una radical transformación de las relaciones interadministrativas en el seno del Estado Autonómico. De una parte, atribuye a las diputaciones nuevas funciones de liderazgo, supervisión y control de la actividad municipal,...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Medina Guerrero, Manuel
Tipo de recurso: artículo
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2014
País:España
Institución:Universidad de Sevilla (US)
Repositorio:idUS. Depósito de Investigación de la Universidad de Sevilla
OAI Identifier:oai:idus.us.es:11441/156214
Acceso en línea:https://hdl.handle.net/11441/156214
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Autonomía local
Bases del régimen local
Coordinación
Diputación provincial
Estabilidad presupuestaria
Financiación comunidades autónomas
Municipios
Relaciones intergubernamentales
Tutela financiera
Local autonomy
Basic state local law
Coordination
Intermediate local governments (diputaciones)
Budget stability
Financing of Autonomous Communities
Municipalities
Intergovernmental relationships
Financial control
Descripción
Sumario:La profunda reforma del régimen local acometida en la Ley 27/2013, ha supuesto una radical transformación de las relaciones interadministrativas en el seno del Estado Autonómico. De una parte, atribuye a las diputaciones nuevas funciones de liderazgo, supervisión y control de la actividad municipal, que en buena medida sirven para garantizar el cumplimiento de la disciplina fiscal impuesta por el Estado a los municipios. De otro lado, reencauza y condiciona el libre juego de las relaciones entre las comunidades autónomas y los entes locales, reconocido en la anterior redacción de la LRBRL y en los correspondientes estatutos (restricción del reconocimiento de competencias propias municipales; traslados competenciales obligatorios, etc.), hasta el punto de hacer dudar seriamente de si en algún caso no se han vaciado de contenido las competencias autonómicas. Finalmente, es el propio régimen de las relaciones financieras entre Estado/comunidades autónomas/entes locales el que resulta afectado por la Ley 27/2013, soslayándose así las específicas reservas de ley orgánica establecidas al respecto en la Constitución (artículos 135.5 y 157.3).