La discriminación por características genéticas en la Proposición de Ley Integral para la Igualdad de Trato y la No Discriminación : especial referencia a los seguros

Cuando se plantea la cuestión de la utilización de los datos genéticos por las aseguradoras, el conflicto de interés aparece evidente. Por una parte, las compañías quieren tener toda la información posible para una mejor valoración del riesgo y determinación de la prima, puesto que esto llevará even...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Bolívar Oñoro, María del Val|||0000-0001-8955-0073
Tipo de recurso: artículo
Fecha de publicación:2021
País:España
Institución:Universidad de Alcalá (UAH)
Repositorio:e_Buah Biblioteca Digital Universidad de Alcalá
Idioma:español
OAI Identifier:oai:ebuah.uah.es:10017/68697
Acceso en línea:http://hdl.handle.net/10017/68697
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Seguro
Características genéticas
Discriminación
Discapacidad
Igualdad
Genética
lnsurance
Genetic characteristics
Discrimination
Disability
Equality
Derecho
Law
Descripción
Sumario:Cuando se plantea la cuestión de la utilización de los datos genéticos por las aseguradoras, el conflicto de interés aparece evidente. Por una parte, las compañías quieren tener toda la información posible para una mejor valoración del riesgo y determinación de la prima, puesto que esto llevará eventualmente a maximizar el beneficio. Por otra parte, los potenciales asegurados pueden no querer saber esta información por el posible impacto que podría tener en su integridad. Asimismo, estos últimos, podrían albergar dudas sobre la repercusión de estas pruebas para ellos y aquellos con los que comparten lazos sanguíneos. Actualmente, la doctrina coincide en que el ordenamiento jurídico español prohíbe subordinar la oferta de un seguro a la realización de un test genético, pero no impide la utilización de los datos obtenidos tras realizarlo de manera previa y voluntaria. Este escenario podría desencadenar múltiples consecuencias desde el punto de vista del derecho antidiscriminatorio. Por lo tanto, ahora que la Proposición de Ley Integral para la Igualdad de Trato y la No Discriminación plantea la posibilidad, es preciso valorar la conveniencia de que España se adhiera a la vertiente de derechos humanos y prohíba no solo la realización sino el uso de los resultados de estos test con fines aseguradores.