La Conciliación tras la entrada en vigor de la ley 15/2015, de 2 de julio, de jurisdicción voluntaria
El presente trabajo analiza la regulación de la conciliación establecida en la Ley 5/2015, de 2 de julio, de Jurisdicción Voluntaria. En este sentido, son objeto de estudio los supuestos en los que cabe acudir a la conciliación ju-dicial, así como la competencia para conocer de este expediente, con...
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| Tipo de recurso: | artículo |
| Estado: | Versión publicada |
| Fecha de publicación: | 2016 |
| País: | España |
| Institución: | Varias* (Consorci de Biblioteques Universitáries de Catalunya, Centre de Serveis Científics i Acadèmics de Catalunya) |
| Repositorio: | Recercat. Dipósit de la Recerca de Catalunya |
| OAI Identifier: | oai:recercat.cat:2445/115965 |
| Acceso en línea: | https://hdl.handle.net/2445/115965 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | Jurisdicció voluntària Mediació Non-contentious jurisdiction Mediation |
| Sumario: | El presente trabajo analiza la regulación de la conciliación establecida en la Ley 5/2015, de 2 de julio, de Jurisdicción Voluntaria. En este sentido, son objeto de estudio los supuestos en los que cabe acudir a la conciliación ju-dicial, así como la competencia para conocer de este expediente, con espe-cial atención a las normas de tramitación. Por otro lado, se efectúan refe-rencias a la conciliación notarial y a la posibilidad de recurrir al Registra-dor para intentar conciliar. El examen de los preceptos se complementa con el análisis de aspectos conceptuales y generales relativos a la conciliación y de la jurisdicción voluntaria. Igualmente, se sugieren algunas pautas de interpretación que permitan mejorar la actual regulación. |
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