“INCONSTITUCIONALIDAD DEL DELITO DE CALUMNIAS TIPIFICADO EN EL CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL”

Se ha investigado que Ecuador es un Estado constitucional de derechos y justicia, porque así lo auto define el Art. 1 de la Constitución de la República del Ecuador, lo que significa en su realidad jurídica que el ordenamiento jurídico y estructura de Estado, tiene como su piedra angular el respeto...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Vera Almeida, Yandri Elpidio
Tipo de recurso: tesis de maestría
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2017
País:Ecuador
Institución:Universidad de Especialidades Espíritu Santo
Repositorio:Repositorio Universidad de Especialidades Espíritu Santo
Idioma:español
OAI Identifier:oai:localhost:123456789/2579
Acceso en línea:http://repositorio.uees.edu.ec/123456789/2579
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Estado
constitucionalización
ordenamiento jurídico
bloque de constitucionalidad
Descripción
Sumario:Se ha investigado que Ecuador es un Estado constitucional de derechos y justicia, porque así lo auto define el Art. 1 de la Constitución de la República del Ecuador, lo que significa en su realidad jurídica que el ordenamiento jurídico y estructura de Estado, tiene como su piedra angular el respeto integro de la dignidad humana de los ciudadanos. Así la norma sub constitucional, en el área penal, siendo el Código Orgánico Integral Penal, debe desarrollar y regular derechos constitucionales acorde a la normativa constitucional vigente, pero esta norma orgánica, no cumple con aquello, porque lo hace inconstitucionalmente al tipificar las calumnias como delito en su Art. 182, es socavar el derecho constitucional a opinar y expresar su pensamiento libremente dado en el Art. 66.6 de la CRE 2008; Art. 1.1, 2, 9, 13.1 del Pacto de San José; y, los precedentes vinculantes con efectos erga omnes en los casos Kimel vs Argentina, Herrera Ulloa vs. Costa Rica, o La última tentación de Cristo vs. Chile. Por tanto, es necesario expulsar al delito de calumnias del ordenamiento jurídico ecuatoriano y así se cumplirá con el más alto deber del Estado que consiste en respetar y hacer respetar los derechos garantizados en la Constitución.