La responsabilidad del estado como obligado subsidiario en los juicios de fijación de pensiones alimenticias

El derecho a percibir alimentos que tienen en Ecuador los niños/as y adolescentes, ha vivido un proceso evolutivo relevante para llegar a constituirse como tal, mismo derecho que se encuentra reconocido en el Código de la Niñez y Adolescencia, disponiendo que se dé un tratamiento especial que brinde...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Aguirre Aguilar, Jaritza Andreina
Tipo de recurso: artículo
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2020
País:Ecuador
Institución:Universidad Regional Autónoma de los Andes
Repositorio:Repositorio Universidad Regional Autónoma de los Andes
Idioma:español
OAI Identifier:oai:dspace.uniandes.edu.ec:123456789/11448
Acceso en línea:http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/11448
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:OBLIGADO SUBSIDIO
PENSIÓN ALIMENTO
Descripción
Sumario:El derecho a percibir alimentos que tienen en Ecuador los niños/as y adolescentes, ha vivido un proceso evolutivo relevante para llegar a constituirse como tal, mismo derecho que se encuentra reconocido en el Código de la Niñez y Adolescencia, disponiendo que se dé un tratamiento especial que brinde las debidas garantías al cumplimiento del derecho antes referido; es así que se relaciona la necesidad de contar con una administración de justicia especializada, lo que lleva al análisis del contenido de la la Ley Reformatoria al Título V, Libro II del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, dentro de esta materia, en razón de que a pesar que se han desplegado arduos esfuerzos, por desarrollarla y disponer que su cumplimiento y vigencia sean eficaces, ha propiciado que derechos de obligados subsidiarios sean vulnerados, retrasados y no les estén dando el debido trámite que se requiere; es por esa razón que se cree que el Estado debería ser el principal obligado subsidiario de prestar alimentos en caso de que los que menciona el Código antes referido no puedan cumplir con la obligación.