Fundamentos, naturaleza y límites de los procedimientos de diligencias preprocesales en el proceso civil.

Antecedentes: Los procedimientos de diligencias judiciales, en la doctrina y la legislación, han sido denominados como previos, preliminares o preparatorios. Todas ellas se realizan en una instancia judicial pre procesal, antes que inicie el proceso principal. El presente trabajo de investigación ti...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Granda Torres, Glenda Anabel
Tipo de recurso: tesis de maestría
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2019
País:Ecuador
Institución:Universidad Católica de Santiago de Guayaquil
Repositorio:Repositorio Universidad Católica de Santiago de Guayaquil
Idioma:español
OAI Identifier:oai:repositorio.ucsg.edu.ec:3317/13164
Acceso en línea:http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/13164
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:PROCESO CIVIL
MEDIDAS PREPARATORIAS
DEBIDO PROCESO
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Descripción
Sumario:Antecedentes: Los procedimientos de diligencias judiciales, en la doctrina y la legislación, han sido denominados como previos, preliminares o preparatorios. Todas ellas se realizan en una instancia judicial pre procesal, antes que inicie el proceso principal. El presente trabajo de investigación tiene como objetivo general analizar los fundamentos, naturaleza y límites de este tipo de diligencias, de tal forma que se enuncie los principios que las rigen, así como sus características principales. La metodología de este trabajo tiene un enfoque cualitativo, que toma como objeto de estudios las normas procesales que reconocen los procedimientos de diligencias preliminares, en materia civil. Los resultados muestran que no existe racionalidad como coherencia ni racionalidad instrumental en las normas procesales que regulan las diligencias preliminares. Existe contradicción entre las normas del COFJ y del COGEP sobre a quién corresponde la competencia para conocer y resolver las solicitudes de diligencias preprocesales. Una de las consecuencias es el alto número de causas no resueltas de esos procedimientos, superior al de causas resueltas. Se concluye, por tanto, que es necesaria la reforma del COFJ para armonizar las normas procesales en el campo civil y con ellas del derecho procesal en Ecuador. Con ello se lograría que la competencia sea dirimida por los jueces competentes en la materia a la que corresponde la diligencia y el juez que conoce aquella será el competente para el posterior proceso principal. Es decir, deben ser competentes para conocer las diligencias preprocesales en materia civil los jueces con competencia en esa materia.