La jurisdicción voluntaria como competencia exclusiva del notario para garantía de la seguridad jurídica y el principio de celeridad procesal

La Función Judicial del Ecuador se compone de órganos jurisdiccionales, órganos administrativos, órganos auxiliares y órganos autónomos, que trabajarán para la adecuada administración de justicia. El Notariado es un órgano auxiliar de la Función Judicial, que consiste en el desempeño de una función...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Jordán Naranjo, Genaro Vinicio
Tipo de recurso: tesis de maestría
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2013
País:Ecuador
Institución:Universidad Regional Autónoma de los Andes
Repositorio:Repositorio Universidad Regional Autónoma de los Andes
Idioma:español
OAI Identifier:oai:dspace.uniandes.edu.ec:123456789/4526
Acceso en línea:http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/4526
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Jurisdicción Voluntaria
Seguridad Jurídica
Celeridad
Descripción
Sumario:La Función Judicial del Ecuador se compone de órganos jurisdiccionales, órganos administrativos, órganos auxiliares y órganos autónomos, que trabajarán para la adecuada administración de justicia. El Notariado es un órgano auxiliar de la Función Judicial, que consiste en el desempeño de una función pública que la realizan las notarías y notarios, quienes son funcionarios investidos de fe pública para autorizar, a requerimiento de parte, los actos, contratos y documentos determinados en las leyes y dar fe de la existencia de los hechos que ocurran en su presencia, de forma personal, autónoma, exclusiva e imparcial, basado en los principios de rogación, imparcialidad, igualdad, legalidad, que da como consecuencia la seguridad jurídica1. Giménez Arnau 2008, Editorial Revista de Derecho Privado España, considera que el Notario es el profesional del Derecho que ejerce una función pública para robustecer, con una presunción de verdad, los actos en que interviene, para colaborar en la formación correcta del negocio jurídico y para solemnizar y dar forma legal a los negocios jurídicos privados, y de cuya competencia, sólo por razones históricas, están sustraídos los actos de la llamada jurisdicción voluntaria.