Despido ineficaz de la mujer embarazada, desde la perspectiva del principio de igualdad y no discriminación

En abril de 2015 se publicó en el registro oficial la Ley Orgánica para la Justicia Laboral y Reconocimiento del Trabajo en el Hogar (Ley de Justicia Laboral). La cual planteó entre otras cuestiones jurídicas, la reinserción de la trabajadora víctima de un despido por causa de su embarazo. Esta norm...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Alegre Acharán, Felipe Andrés
Tipo de recurso: tesis de maestría
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2021
País:Ecuador
Institución:Universidad Andina Simón Bolivar
Repositorio:Repositorio Universidad Andina Simón Bolivar
Idioma:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uasb.edu.ec:10644/8160
Acceso en línea:http://hdl.handle.net/10644/8160
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:DERECHO AL TRABAJO
MUJERES TRABAJADORAS
MATERNIDAD
ESTABILIDAD LABORAL
DESPIDOS DEL EMPLEO
DISCRIMINACIÓN DE LA MUJER
DISCRIMINACIÓN LABORAL
LEGISLACIÓN LABORAL
Descripción
Sumario:En abril de 2015 se publicó en el registro oficial la Ley Orgánica para la Justicia Laboral y Reconocimiento del Trabajo en el Hogar (Ley de Justicia Laboral). La cual planteó entre otras cuestiones jurídicas, la reinserción de la trabajadora víctima de un despido por causa de su embarazo. Esta norma se vincula inmediatamente con el principio constitucional de igualdad y no discriminación. Sin embargo, este principio no se encuentra ampliamente desarrollado en la legislación nacional, si en el Derecho Internacional y la doctrina. En este ámbito este principio se ramifica y desarrolla hasta llegar a tutelar el derecho de la mujer embarazada al trabajo y la estabilidad laboral, lo cual se ve finalmente plasmado en la Ley de Justicia Laboral. El principio de igualdad y no discriminación comienza su desarrollo desde el Derecho Internacional de los derechos Humanos a través de sus instrumentos normativos y dictámenes judiciales. Se recoge en la Constitución Ecuatoriana de 2008 y se especifica para la protección de la mujer trabajadora embarazada en el artículo el artículo 35 de la reforma que reza: “Prohibición de despido y declaratoria de ineficaz. - Se considerará ineficaz el despido intempestivo de personas trabajadoras…”.1 Esta norma incluye nuevos conceptos para la legislación ecuatoriana como la ineficacia del despido y el reconocimiento del principio de inamovilidad, lo cual justifica el macro análisis del principio de igualdad y no discriminación que permita dar un sentido correcto a estas nuevas instituciones insertadas a la legislación. Para el análisis resultaron particularmente importantes la sentencia 080-13-SEP-CC, expedida por la Corte Constitucional Ecuatoriana y la sentencia SU070/13 emitida por la Corte Constitucional Colombiana que desarrollan cuestiones sustanciales a la protección del principio de igualdad y no discriminación de la trabajadora embarazada.