El procedimiento directo y el derecho a la defensa

Desde el punto de vista constitucional y del debido proceso implica una vulneración a los derechos fundamentales dentro de un proceso penal, al establecer el término de hasta 10 días para la realización de la Audiencia de Juicio Directo donde se resolvería la situación jurídica del procesado; así ta...

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Detalhes bibliográficos
Autor: Alcivar Zambrano, Cecilia Lizbeth
Tipo de documento: dissertação
Estado:Versão publicada
Data de publicação:2018
País:Ecuador
Recursos:Universidad Regional Autónoma de los Andes
Repositório:Repositorio Universidad Regional Autónoma de los Andes
Idioma:espanhol
OAI Identifier:oai:dspace.uniandes.edu.ec:123456789/8098
Acesso em linha:http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/8098
Access Level:Acceso aberto
Palavra-chave:PROCEDIMIENTO DIRECTO
DERECHO A LA DEFENSA
Descrição
Resumo:Desde el punto de vista constitucional y del debido proceso implica una vulneración a los derechos fundamentales dentro de un proceso penal, al establecer el término de hasta 10 días para la realización de la Audiencia de Juicio Directo donde se resolvería la situación jurídica del procesado; así también se está vulnerando el Derecho a la Defensa ya que con el corto plazo en que se desarrolla este procedimiento limita la elección de un defensor de confianza. Las Naciones Unidas se ha pronunciado de la siguiente manera: toda persona arrestada, detenida, o presa, se le facilitarán oportunidades, tiempo e instalaciones adecuadas para recibir visitas de un abogado, entrevistarse con él y consultarle, sin demora, interferencia ni censura y en forma plenamente confidencial. Con la designación de un defensor de confianza o de oficio designado por el estado, en el Ecuador denominado Defensor público, no cumple a cabalidad con esta garantía, es necesario ejercer plenamente otras garantías, como; la oportunidad de ejercer la defensa, el contacto del defensor con el procesado, la posibilidad de aportar con pruebas de descargo y contradecir las de cargo. El plazo de diez días interpuesto limita el ejercicio del derecho a la defensa a plenitud en el procedimiento directo. La efectividad del derecho a la defensa depende de contar efectivamente con el tiempo necesario para preparar una estrategia de defensa, solicitar, obtener y practicar las evidencias que servirán como prueba en el juicio.