Derecho de petición en la Iglesia Católica en Colombia ¿canonización o innovación analógica?
El Concilio Vaticano II introdujo renovación en la disciplina de la Iglesia al adaptarla a los nuevos tiempos, fruto del concilio tenemos el código de derecho canónico expedido en el año 1983, donde a se incorporan normas y conceptos acordes con la época, como es el estatuto de los fieles, donde se...
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| Tipo de recurso: | tesis de maestría |
| Estado: | Versión publicada |
| Fecha de publicación: | 2024 |
| País: | Colombia |
| Institución: | Pontificia Universidad Javeriana |
| Repositorio: | Repositorio Universidad Javeriana |
| Idioma: | español |
| OAI Identifier: | oai:repository.javeriana.edu.co:10554/68648 |
| Acceso en línea: | http://hdl.handle.net/10554/68648 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | Derecho de petición Canon 212,2 del Codigo de Derecho Canonico Codigo de Derecho Canonico, Analogía, canonización de la ley civil Innovación analógica Right to petition Canon 212.2 CIC 1983 Canonization of civil laws Analogy of the norms of canon law Innovation of interpretation Maestría en derecho canónico - Tesis y disertaciones académicas Derecho de petición - Colombia Nulidad del matrimonio (Derecho canónico) Derecho canónico |
| Sumario: | El Concilio Vaticano II introdujo renovación en la disciplina de la Iglesia al adaptarla a los nuevos tiempos, fruto del concilio tenemos el código de derecho canónico expedido en el año 1983, donde a se incorporan normas y conceptos acordes con la época, como es el estatuto de los fieles, donde se establece el derecho de petición en el canon 212,2 CIC 1983, el cual establece: “los fieles tienen el derecho a manifestar a los pastores de la iglesia sus necesidades, principalmente las espirituales y sus deseos”. El derecho de petición es un medio para poder valer los derechos tanto del fiel, y de los ciudadanos, puesto que a través de él se instrumentalizan otros derechos como el de información, habeas data, entre otros. Por ello, al ser el derecho de petición, un derecho subjetivo del hombre, debe ser reconocido y garantizado, y protegido frente a posibles perturbaciones, es por ello, el fiel o bautizado debe contar con la seguridad jurídica, es decir de sentirse protegido ante una vulneración de sus derechos inalienables; las normas de la iglesia deben propender por defenderlos y buscar los medios para que sean respetados cuando resulte necesario, por ello se da la posibilidad de los fieles de a reclamar legítimamente y hacer uso del ejercicio del derecho fundamental de petición. El objeto de estudio del presente trabajo a fin de analizar, comprender y presentar un documento que permita a la Iglesia tener una visión reveladora de la importancia de la implementación de este derecho, ya que no se puede aplicar la canonización de las leyes civiles ni la analogía de las normas de derecho canónico, se propone una innovación analógica para la y protección de este derecho fundamental del fiel y del hombre. |
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