El servicio público esencial y derecho de huelga en Colombia (convenios 87 y 98 de la OIT.)
El presente artículo planteará una solución a la controversia surgida una vez aprobada la Constitución de 1991, en la cual se establecen dos normas en materia del mundo del trabajo (Derecho Laboral): el Artículo 53 que dispone: [...] Los convenios internacionales del trabajo debidamente ratificados,...
| Autores: | , |
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| Tipo de recurso: | artículo |
| Estado: | Versión publicada |
| Fecha de publicación: | 2014 |
| País: | Colombia |
| Institución: | Universidad Católica de Colombia |
| Repositorio: | RIUCaC - Repositorio U. Católica |
| Idioma: | español |
| OAI Identifier: | oai:repository.ucatolica.edu.co:10983/29502 |
| Acceso en línea: | https://hdl.handle.net/10983/29502 https://doi.org/10.14718/NovumJus.2014.8.1.2 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | Strike International law Essential public service Constitution Huelga Derecho internacional Servicio público esencial Constitución |
| Sumario: | El presente artículo planteará una solución a la controversia surgida una vez aprobada la Constitución de 1991, en la cual se establecen dos normas en materia del mundo del trabajo (Derecho Laboral): el Artículo 53 que dispone: [...] Los convenios internacionales del trabajo debidamente ratificados, hacen parte de la legislación interna [...] y el Artículo 93 que señala: Los tratados y convenios internacionales ratificados por el Congreso, que reconocen los derechos humanos y que prohíben su limitación en los estados de excepción, prevalecen en el orden interno [...]. Estas normas han causado que los Convenios 87 y 98 de la OIT (ratificados por Colombia mediante las Leyes 26 y 27 de 1976, respectivamente) y los comentarios de sus órganos de control (Comité de Libertad Sindical y de la comisión de expertos en aplicación de convenios y recomendaciones) sean considerados por la Corte Constitucional como convenios de derechos humanos que forman parte del bloque de constitucionalidad; esto genera una contradicción con el Código Sustantivo frente al ejercicio del derecho de huelga. Se tendrá como objeto definir el concepto de servicio público esencial y el derecho de huelga, las causales de declaratoria de ilegalidad de la suspensión o del paro colectivo de actividades y cuántos tipos de huelga hay en Colombia. |
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