Entre el juicio justo & la regla de exclusión de la prueba ilícita

El progreso del constitucionalismo ha permitido la estructuración de procedimientos más democráticos, panorama que se ha visto reflejado en la categorización como derecho fundamental, del juicio justo y con él, el derecho a probar lícitamente. En Colombia, además, los procedimientos penales democrát...

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Detalles Bibliográficos
Autores: Palacios Ortega, Ingrid Karola, Rodriguez Castrillón, Henry, Carreño Garzón, Omar Hernando
Tipo de recurso: tesis de maestría
Estado:Versión aceptada para publicación
Fecha de publicación:2017
País:Colombia
Institución:Universidad Libre
Repositorio:RIU - Repositorio Institucional UniLibre
Idioma:español
OAI Identifier:oai:repository.unilibre.edu.co:10901/11149
Acceso en línea:https://hdl.handle.net/10901/11149
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Fair trial
Illicit Test
Exclusion rule
Jurisprudence
Delimitation of the Test
DERECHO PENAL
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA
DERECHOS HUMANOS
CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
TRATADOS INTERNACIONALES
Juicio Justo
Prueba Ilícita
Regla de Exclusión
Delimitación de la Prueba
Jurisprudencia
Descripción
Sumario:El progreso del constitucionalismo ha permitido la estructuración de procedimientos más democráticos, panorama que se ha visto reflejado en la categorización como derecho fundamental, del juicio justo y con él, el derecho a probar lícitamente. En Colombia, además, los procedimientos penales democráticos han estado asociados a profundas transformaciones constitucionales, pues las fórmulas incluidas a través de éstas a la Constitución Política y el reconocimiento de derecho fundamentales, han sido la base para culminar en un proceso penal más garantista y con amplio reconocimiento de derechos que inciden en la validez o no del juzgamiento y del dictamen final del juez fallador. El derecho fundamental a la prueba y, sobre todo, la evidencia “limpia”, “incontaminada”, en últimas lícita, son la traza que identifica la toxicidad o no del proceso penal. El proceso penal, sin duda alguna, tiene un alto contenido constitucional, por eso, la evolución en este terreno incide directamente en la forma como son investigados y enjuiciados los ciudadanos señalados por el Estado de subvertir la ley penal. El derecho a la prueba es una garantía judicial por constituir un medio jurídico idóneo para ejercitar el derecho al debido proceso reconocido en la Constitución; sin embargo, no es un derecho absoluto. El derecho a probar (lícitamente, obviamente) tiene como fuente el texto constitucional superior y los límites para su ejercicio son básicamente dos: el primero, exige seguir las formas que la Constitución y la ley exigen para recolectar y socializar la prueba o en últimas la manera como se garantiza la contradicción. Sin más, se trata de respetar el procedimiento fijado para el efecto. El segundo limite es de orden sustancial, valga precisarlo, la prueba a pesar de seguir la instrumentalidad recomendada por la ley, subvierte contenidos de orden sustancial que, sin duda alguna, trascienden al núcleo esencial del debido proceso o, dicho de manera más afín a éste trabajo, comprometen la garantía del juicio justo; tal situación se presenta cuando se admiten excepciones que permiten al Estado valerse de pruebas contaminadas para acusar y juzgar. La consecuencia a una tal manera de obrar, no puede ser otro que la aplicación de la famosa regla de exclusión, en el ordenamiento vigente, de forma no tan pura como se pretende