Culpa patronal en actividades de minería subterránea en Colombia
En Colombia, el principio “alterum non loedare” en materia laboral, ha sido desarrollado a través del artículo 216 Código Sustantivo del Trabajo, vía demandas ante la jurisdicción ordinaria laboral, que pretenden indemnización total y ordinaria de perjuicios, producto de la ocurrencia de accidentes...
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| Tipo de recurso: | tesis de maestría |
| Estado: | Versión aceptada para publicación |
| Fecha de publicación: | 2014 |
| País: | Colombia |
| Institución: | Universidad Nacional de Colombia |
| Repositorio: | Repositorio UN |
| Idioma: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorio.unal.edu.co:unal/21134 |
| Acceso en línea: | https://repositorio.unal.edu.co/handle/unal/21134 http://bdigital.unal.edu.co/11878/ |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | 340 - Derecho 610 - Medicina y salud Minería subterranea Culpa patronal Accidente de trabajo Enfermedad profesional Underground mining Blame employers Accidents at work Occupational disease |
| Sumario: | En Colombia, el principio “alterum non loedare” en materia laboral, ha sido desarrollado a través del artículo 216 Código Sustantivo del Trabajo, vía demandas ante la jurisdicción ordinaria laboral, que pretenden indemnización total y ordinaria de perjuicios, producto de la ocurrencia de accidentes de trabajo o la estructuración de enfermedades profesionales atribuibles al empleador, hecho que está generando conciencia de autocuidado de parte de los trabajadores y, la obligación de protección de los empleadores frente a sus dependientes. La actividad minera, no escapa de esta realidad, especialmente por el incremento en la demanda de mano de obra de esta industria en los últimos años y reiterados accidentes de trabajo que se presentan en la actividad, que en su gran mayoría no se reportan o no son objeto de reparación por desconocimiento de los trabajadores e incluso de los empresarios. Con este trabajo, se pretende realizar un análisis de los elementos que estructuran la “culpa patronal” en Colombia y, delimitar la responsabilidad del empleador en minería subterránea, en atención a la especial legislación que rige la materia. (texto tomado de la fuente) |
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