Irretroactividad de los estándares interamericanos relacionados al principio de la doble instancia: consideraciones de la Corte Constitucional colombiana sobre los aforados constitucionales condenados en única instancia
En el marco de la Constitución de 1991 y antes del 30 de enero de 2014, algunos aforados constitucionales habían sido condenados en única instancia por la máxima autoridad penal. Esto implicó que los aforados no contaran con la posibilidad de interponer, en sentido estricto, recurso de apelación con...
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| Tipo de recurso: | tesis de maestría |
| Estado: | Versión aceptada para publicación |
| Fecha de publicación: | 2024 |
| País: | Colombia |
| Institución: | Universidad de los Andes |
| Repositorio: | Séneca: repositorio Uniandes |
| Idioma: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorio.uniandes.edu.co:1992/74605 |
| Acceso en línea: | https://hdl.handle.net/1992/74605 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | Aforados constitucionales Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia Doble instancia Corte Constitucional Derecho |
| Sumario: | En el marco de la Constitución de 1991 y antes del 30 de enero de 2014, algunos aforados constitucionales habían sido condenados en única instancia por la máxima autoridad penal. Esto implicó que los aforados no contaran con la posibilidad de interponer, en sentido estricto, recurso de apelación contra los fallos que los declararon responsables. Este hecho ha ocasionado diferentes interrogantes respecto de la garantía de la doble instancia. Así, esta investigación teórico-práctica resolverá el siguiente cuestionamiento: ¿cuál debería ser la interpretación adecuada de la Corte Constitucional colombiana, en caso de pronunciarse sobre la retroactividad de los estándares interamericanos de la doble instancia, de cara a los aforados constitucionales procesados antes del Acto Legislativo 01 de 2018? Tal asunto se abordará con la metodología hermenéutica-jurídica, cuyo fin será proponer el contenido del eventual fallo que la Corte Constitucional deberá emitir respecto de: i) la evolución del estándar interamericano en relación con el principio de la doble instancia y ii) los elementos jurídicos que restringen la aplicación retroactiva del estándar regional sobre la doble instancia. En conclusión, las sentencias condenatorias emitidas por la Sala contra los aforados constitucionales en única instancia se encuentran ajustadas a los pronunciamientos de la Corte Constitucional. |
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