La ejecución de laudos anulados y la Convención de Nueva York: tres perspectivas diferentes

El artículo describe y analiza críticamente –a partir de la jurisprudencia– las tres principales perspectivas en materia de reconocimiento y ejecución de laudos anulados en los términos de la Convención de Nueva York (1958). El artículo concluye que la Convención permite que un laudo anulado por los...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Rivera, Julio C.
Tipo de recurso: artículo
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2015
País:Argentina
Institución:Universidad Nacional de La Plata
Repositorio:SEDICI (UNLP)
Idioma:español
OAI Identifier:oai:sedici.unlp.edu.ar:10915/49967
Acceso en línea:http://sedici.unlp.edu.ar/handle/10915/49967
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Ciencias Jurídicas
laudos anulados
Jurisprudencia
arbitraje
Ciudad de Nueva York
Descripción
Sumario:El artículo describe y analiza críticamente –a partir de la jurisprudencia– las tres principales perspectivas en materia de reconocimiento y ejecución de laudos anulados en los términos de la Convención de Nueva York (1958). El artículo concluye que la Convención permite que un laudo anulado por los tribunales de la sede del arbitraje sea ejecutado en otro país siempre y cuando existan “razones adecuadas” para ello.