Acerca de la tutela judicial efectiva en el ámbito del proceso contencioso administrativo en la Provincia de Buenos Aires
La Constitución Argentina estipula en su art. 1 que la Nación adopta para su gobierno la forma representativa, republicana, y federal. A su vez su art. 5 prescribe que: “Cada provincia dictará para sí una Constitución bajo el sistema representativo republicano, de acuerdo con los principios, declara...
| Autor: | |
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| Tipo de recurso: | artículo |
| Estado: | Versión publicada |
| Fecha de publicación: | 2013 |
| País: | Uruguay |
| Institución: | Universidad de Montevideo |
| Repositorio: | REDUM |
| Idioma: | español |
| OAI Identifier: | oai:redum.um.edu.uy:20.500.12806/1567 |
| Acceso en línea: | http://revistas.um.edu.uy/index.php/revistaderecho/article/view/556 https://hdl.handle.net/20.500.12806/1567 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | Argentina Jurisdicción Contencioso Administrativa |
| Sumario: | La Constitución Argentina estipula en su art. 1 que la Nación adopta para su gobierno la forma representativa, republicana, y federal. A su vez su art. 5 prescribe que: “Cada provincia dictará para sí una Constitución bajo el sistema representativo republicano, de acuerdo con los principios, declaraciones y garantías de la Constitución nacional; y que asegure su administración de justicia, su régimen municipal y la educación primaria. Bajo estas condiciones el Gobierno federal, garante a cada provincia el goce y ejercicio de sus instituciones". |
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