El mecanismo de solución de controversias del T-MEC: entre el softlaw y el hardlaw

El T-MEC no cuenta con un órgano para la revisión de las decisiones de los paneles; sin duda, ello da lugar a que este sistema sea menos judicial y vinculante, como cuestión de derecho, y por ende, es más flexible y diplomático; es decir, en el T-MEC se cuenta con un mecanismo de solución de controv...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Lupián Morfín, Gerardo Enrique
Tipo de recurso: artículo
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2020
País:El Salvador
Institución:Universidad Francisco Gavidia
Repositorio:Repositorio Institucional UFG
Idioma:español
OAI Identifier:oai:ri.ufg.edu.sv:11592/9666
Acceso en línea:https://hdl.handle.net/11592/9666
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Órgano de Apelación
Hardlaw
Softlaw
T-MEC
Solución de controversias,
Paneles
Descripción
Sumario:El T-MEC no cuenta con un órgano para la revisión de las decisiones de los paneles; sin duda, ello da lugar a que este sistema sea menos judicial y vinculante, como cuestión de derecho, y por ende, es más flexible y diplomático; es decir, en el T-MEC se cuenta con un mecanismo de solución de controversias, en el que pesará más softlaw que el hardlaw