El mecanismo de solución de controversias del T-MEC: entre el softlaw y el hardlaw
El T-MEC no cuenta con un órgano para la revisión de las decisiones de los paneles; sin duda, ello da lugar a que este sistema sea menos judicial y vinculante, como cuestión de derecho, y por ende, es más flexible y diplomático; es decir, en el T-MEC se cuenta con un mecanismo de solución de controv...
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| Tipo de recurso: | artículo |
| Estado: | Versión publicada |
| Fecha de publicación: | 2020 |
| País: | El Salvador |
| Institución: | Universidad Francisco Gavidia |
| Repositorio: | Repositorio Institucional UFG |
| Idioma: | español |
| OAI Identifier: | oai:ri.ufg.edu.sv:11592/9666 |
| Acceso en línea: | https://hdl.handle.net/11592/9666 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | Órgano de Apelación Hardlaw Softlaw T-MEC Solución de controversias, Paneles |
| Sumario: | El T-MEC no cuenta con un órgano para la revisión de las decisiones de los paneles; sin duda, ello da lugar a que este sistema sea menos judicial y vinculante, como cuestión de derecho, y por ende, es más flexible y diplomático; es decir, en el T-MEC se cuenta con un mecanismo de solución de controversias, en el que pesará más softlaw que el hardlaw |
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