Hacia la “carrera” del investigador en la Facultad de Farmacia y Bioquímica

La Ley Universitaria Nº 23733 establece, en su Artículo 2 (referido a los fines de las Universidades), en el inciso b, “Realizar investigación en las humanidades, las ciencias y las tecnologías, y fomentar la creación intelectual y artística”. A ese respecto, el Estatuto de la Universidad Nacional M...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Quevedo Ganoza, Fernando
Tipo de recurso: artículo
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2010
País:Perú
Institución:Universidad Nacional Mayor de San Marcos
Repositorio:Revistas - Universidad Nacional Mayor de San Marcos
Idioma:español
OAI Identifier:oai:revistasinvestigacion.unmsm.edu.pe:article/3226
Acceso en línea:https://revistasinvestigacion.unmsm.edu.pe/index.php/farma/article/view/3226
Access Level:acceso abierto
Descripción
Sumario:La Ley Universitaria Nº 23733 establece, en su Artículo 2 (referido a los fines de las Universidades), en el inciso b, “Realizar investigación en las humanidades, las ciencias y las tecnologías, y fomentar la creación intelectual y artística”. A ese respecto, el Estatuto de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en conformidad con la Ley Universitaria vigente, manifiesta, en su Artículo 6, inciso c: “Realizar investigaciones en humanidades, ciencia y tecnología, adecuándolas a los requerimientos nacionales con el objeto de ofrecer alternativas eficaces y viables para su propio desarrollo y la transformación socioeconómica del país”.