La Libertad de Religión

El Comité de Derechos Humanos de la ONU, en 1993, describió religión o pensamiento religioso como un conjunto de “creencias teístas, no teístas y ateas, así como el derecho a no profesar ninguna religión o creencia”. La palabra “religión” significa “atar con eficiencia”. Procede de...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: De Valdivia Cano, Ramiro
Tipo de recurso: artículo
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2014
País:Perú
Institución:Universidad Femenina del Sagrado Corazón
Repositorio:Revistas - Universidad Femenina del Sagrado Corazón
Idioma:español
OAI Identifier:oai:ojs.revistas.unife.edu.pe:article/537
Acceso en línea:https://revistas.unife.edu.pe/index.php/lumen/article/view/537
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Libertad religiosa – Libertad - Religión
Descripción
Sumario:El Comité de Derechos Humanos de la ONU, en 1993, describió religión o pensamiento religioso como un conjunto de “creencias teístas, no teístas y ateas, así como el derecho a no profesar ninguna religión o creencia”. La palabra “religión” significa “atar con eficiencia”. Procede de la palabra latina religare. Dicho término se asocia, comúnmente, aunque no siempre, con creencias religiosas tradicionales (mayoritarias, minoritarias o nuevas) en alguna deidad o deidades. En sede de Derechos Humanos, sin embargo, el uso de este término, normalmente, incluye también, el derecho a creencias no religiosas. La libertad de religión es uno de los derechos fundamentales más evocados por casi todas las regulaciones y declaraciones que se haya realizado en el mundo. En el fondo, la libertad de religión es vector para el control de calidad que mejor detecta la medida, la dirección, la coherencia con que cada sociedad respeta al hombre en su dignidad  más profunda: sus creencias religiosas