Debida fundamentación del recurso de elevación de actuados para su admisibilidad en delitos de corrupción de funcionarios, Lima Sur 2020

El presente trabajo de investigación tiene como tema la debida fundamentación del recurso de elevación de actuados para su admisibilidad en delitos de corrupción de funcionarios Lima Sur 2020, y tuvo como objetivo analizar los presupuestos de la debida fundamentación del recurso de elevación de actu...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Mendoza Laura, Edison Jhancarlos
Tipo de recurso: tesis de maestría
Fecha de publicación:2021
País:Perú
Institución:Universidad Cesar Vallejo
Repositorio:UCV-Institucional
Idioma:español
OAI Identifier:oai:repositorio.ucv.edu.pe:20.500.12692/55463
Acceso en línea:https://hdl.handle.net/20.500.12692/55463
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Delitos de los funcionarios - Perú
Corrupción administrativa - Perú
Delitos contra la administración pública - Perú
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.02
Descripción
Sumario:El presente trabajo de investigación tiene como tema la debida fundamentación del recurso de elevación de actuados para su admisibilidad en delitos de corrupción de funcionarios Lima Sur 2020, y tuvo como objetivo analizar los presupuestos de la debida fundamentación del recurso de elevación de actuados para su admisibilidad. La metodología de la presente investigación fue de tipo básica, enfoque cualitativo, diseño fenomenológico, tipo inductivo, para el recojo de información se utilizó la técnica de la entrevista a profundidad, a través del instrumento guía de entrevista, que se aplicó a tres especialistas. Los resultados fueron que el artículo 334.5 del Código Procesal Penal regula el procedimiento del requerimiento de elevación de actuados, en este caso la legitimidad para obrar y el plazo para su interposición, sin embargo, no regula los presupuestos necesarios con lo que se debe argumentar dicho requerimiento, por lo que, es necesario que exista dichos presupuestos o requisitos mínimos e indispensables, pues al buscar la nulidad de la disposición de archivo, estaríamos ante un recurso impugnatorio, además, porque es importante delimitar el tema decidendi, en relación a los agravios que se expongan ante el fiscal superior.