El Tribunal Constitucional y la interpretación de las resoluciones emitidas por el Consejo Nacional de la Magistratura en materia de evaluación y ratificación de magistrados

Plantea una relación directa con la función de interpretación de la Constitución Política del Perú del año 1993 por el Tribunal Constitucional, la misma que debe ser en función de la razonabilidad; es decir, debe ser en forma complementaria y compatible con los puntos de organización y funciones de...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Zelada Flores, Jaime Alejandro
Tipo de recurso: tesis de maestría
Fecha de publicación:2018
País:Perú
Institución:Universidad Nacional Mayor de San Marcos
Repositorio:UNMSM-Tesis
Idioma:español
OAI Identifier:oai:cybertesis.unmsm.edu.pe:20.500.12672/10744
Acceso en línea:https://hdl.handle.net/20.500.12672/10744
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Jueces - Selección y nombramiento - Perú
Tribunales constitucionales - Perú
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:Plantea una relación directa con la función de interpretación de la Constitución Política del Perú del año 1993 por el Tribunal Constitucional, la misma que debe ser en función de la razonabilidad; es decir, debe ser en forma complementaria y compatible con los puntos de organización y funciones de todos los órganos que son parte del Estado de Derecho; por lo tanto, planteo la siguiente hipótesis; la Interpretación que realiza el Tribunal Constitucional de los Derechos Fundamentales en los procesos de ratificación de jueces y fiscales, efectuada por el Consejo Nacional de la Magistratura, vulnera el debido proceso y crea inseguridad jurídica. Al respecto, es necesario tener presente que el Tribunal Constitucional del Perú interpretó que es factible la interposición y, posterior, declaración como fundada de una demanda de amparo contra el Consejo Nacional de la Magistratura en un proceso donde se discuten la ratificación de jueces y fiscales. Esto ocurrió o, viene ocurriendo, por diversas razones, como, por ejemplo, si el proceso y decisión de ratificación o no ratificación, se ejecutó sin que se respete el plazo regulado en la Constitución Política del Perú del año 1993, también si es que no se motivó debidamente la referida decisión, es decir, cuando no se respetó el debido proceso, la tutela judicial efectiva y otros derechos. En este sentido, y luego de realizar el estudio correspondiente de las sentencias expedidas y más difundidas por el Tribunal Constitucional en relación al proceso de ratificación ante el Consejo Nacional de la Magistratura, se observa que la labor de interpretación realizada por el Tribunal Constitucional excede los límites de éste órgano autónomo en el marco de sus funciones; siendo lo apropiado la reforma de la actual Constitución Política del Perú del año 1993.