El artículo 18, inciso 3, del Código Procesal Penal: riesgos y posibilidades

Más de quince años después, al producirse la paulatina aplicación del Código Procesal Penal a los distritos judiciales donde las rondas campesinas y las comunidades nativas y campesinas desarrollan sus prácticas de administración de justicia, se registran los primeros conflictos, debido a que, más b...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Ardito Vega, Wilfredo
Tipo de recurso: artículo
Fecha de publicación:2010
País:Perú
Institución:Pontificia Universidad Católica del Perú
Repositorio:PUCP-Institucional
Idioma:español
OAI Identifier:oai:repositorio.pucp.edu.pe:20.500.14657/115455
Acceso en línea:http://revistas.pucp.edu.pe/index.php/derechopucp/article/view/3081/3594
https://doi.org/10.18800/derechopucp.201002.005
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Derecho
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Descripción
Sumario:Más de quince años después, al producirse la paulatina aplicación del Código Procesal Penal a los distritos judiciales donde las rondas campesinas y las comunidades nativas y campesinas desarrollan sus prácticas de administración de justicia, se registran los primeros conflictos, debido a que, más bien, numerosos magistrados y fiscales se están rehusando a intervenir frente a delitos ocurridos en las comunidades, pese a las denuncias presentadas por la propia población. Análisis en detalle del artículo 149 de la Constitución para saber cuáles pueden ser las consecuencias concretas del nuevo Código Procesal Penal