Constitucion y poder tributario

Una de las calidades inherentes al Estado es su capacidad para establecer tributos (poder tributario), cuyo pago constituye un deber de los contribuyentes. Sin embargo, este poder no puede ser ejercido en forma ilimitada, sin márgenes precisos de referencia, porque ello significaría dejar a los obli...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Medrano Cornejo, Humberto
Tipo de recurso: artículo
Fecha de publicación:1981
País:Perú
Institución:Pontificia Universidad Católica del Perú
Repositorio:PUCP-Institucional
Idioma:español
OAI Identifier:oai:repositorio.pucp.edu.pe:20.500.14657/115795
Acceso en línea:http://revistas.pucp.edu.pe/index.php/derechopucp/article/view/5829/5823
https://doi.org/10.18800/derechopucp.198101.010
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Derecho
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Descripción
Sumario:Una de las calidades inherentes al Estado es su capacidad para establecer tributos (poder tributario), cuyo pago constituye un deber de los contribuyentes. Sin embargo, este poder no puede ser ejercido en forma ilimitada, sin márgenes precisos de referencia, porque ello significaría dejar a los obligados a merced del Estado. Es por esta razón que la propia Carta Fundamental establece, como garantía para los administrados, ciertos principios que regulan dicho poder y que configuran un marco dentro del cual es posible exigir prestaciones tributarias.