La maternidad subrogada como acto jurídico familiar en el derecho peruano

La caída de la tasa anual de fecundidad, según muestran los datos de la Encuesta Demográfica y de Salud Familiar - ENDES, muestra que cada vez más mujeres en edad reproductiva son renuentes a tener descendencia o incrementar la que ya tienen antes de conseguir los logros académicos y profesionales,...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Diaz Melendez, Alfredo Ernesto
Tipo de recurso: tesis de maestría
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2025
País:Perú
Institución:Universidad de San Martín de Porres
Repositorio:USMP-Institucional
Idioma:español
OAI Identifier:oai:repositorio.usmp.edu.pe:20.500.12727/17040
Acceso en línea:https://hdl.handle.net/20.500.12727/17040
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Acto jurídico
Maternidad subrogada
Tratamiento de fertilidad
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:La caída de la tasa anual de fecundidad, según muestran los datos de la Encuesta Demográfica y de Salud Familiar - ENDES, muestra que cada vez más mujeres en edad reproductiva son renuentes a tener descendencia o incrementar la que ya tienen antes de conseguir los logros académicos y profesionales, así como las metas personales y financieras que se han trazado. Aunque este retraso programado de la experiencia de tener descendencia o incrementarla es totalmente entendible, no se puede negar que esta decisión impacta directamente en la capacidad reproductiva, que por motivos biológicos es limitada, resultando así un porcentaje de esta población que se verá en la necesidad de acudir a algún tratamiento de fertilidad. Si como resultado del diagnóstico efectuado se determina que la técnica de maternidad subrogada es la única o mejor opción de conseguir un embarazo y parto exitoso, entonces las personas involucradas deberán suscribir un convenio privado que formalice el acuerdo de voluntades que aborde la filiación respecto de la aspirante a madre, así como la identidad del futuro ser o seres humanos. Sin embargo, el artículo 7 de la Ley General de Salud solo regula el escenario donde la condición de madre genética y madre gestante recaen en la misma mujer, dejando en evidencia un vacío legal por falta de regulación. Ante esta situación surge como propuesta identificar estos acuerdos como actos jurídicos familiares capaces de generar filiación civil entre el recién nacido y la aspirante a madre que ha manifestado voluntad procreacional. Este planteamiento busca apartar el análisis del ámbito contractual, y otorgar seguridad jurídica a los acuerdos de maternidad subrogada en beneficio de la madre, pero también protegiendo el derecho a la identidad biológica del menor, así como crecer junto a su familia.