El principio de proporcionalidad en el procedimiento administrativo

El principio de proporcionalidad es considerado en el presente trabajo como sinónimo del principio de razonabilidad. Ello resulta de la jurisprudencia argentina, donde se prefirió hacer referencia al principio de razonabilidad y no al de proporcionalidad. En el Derecho peruano, donde la ley de proce...

ver descrição completa

Detalhes bibliográficos
Autor: Coviello, Pedro José Jorge
Formato: artículo
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2011
País:Perú
Recursos:Pontificia Universidad Católica del Perú
Repositorio:Revistas - Pontificia Universidad Católica del Perú
Idioma:español
OAI Identifier:oai:ojs.pkp.sfu.ca:article/3009
Acesso em linha:http://revistas.pucp.edu.pe/index.php/derechopucp/article/view/3009
Access Level:acceso abierto
Palavra-chave:Razonabilidad
Proporcionalidad
Proporcionalidad y contenido de la decisión
Descrição
Resumo:El principio de proporcionalidad es considerado en el presente trabajo como sinónimo del principio de razonabilidad. Ello resulta de la jurisprudencia argentina, donde se prefirió hacer referencia al principio de razonabilidad y no al de proporcionalidad. En el Derecho peruano, donde la ley de procedimiento administrativo menciona la razonabilidad, ocurre lo mismo. El principio de razonabilidad o proporcionalidad es relevante en el momento de decidir, como consecuencia del procedimiento previo. Se exponen, hacia el final, algunos precedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación de Argentina donde se aplicó el criterio de la razonabilidad en relación a normas procesales.