Privatización y extinción del régimen concesional en materia de servicios públicos y obras públicas de infraestructura en el marco jurídico de Promoción de la Inversión privada
En el Perú se maneja un concepto amplio o polisémico de privatización, el cual implica todo tipo de actividad que busca devolver o transferir sea propiedad o sea la gestión de activos, empresas, bienes y servicios desde el Estado hasta los sujetos privados.El marco jurídico de Promoción de la Invers...
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| Tipo de recurso: | artículo |
| Fecha de publicación: | 2016 |
| País: | Perú |
| Institución: | Pontificia Universidad Católica del Perú |
| Repositorio: | PUCP-Institucional |
| Idioma: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorio.pucp.edu.pe:20.500.14657/133391 |
| Acceso en línea: | http://revistas.pucp.edu.pe/index.php/derechoadministrativo/article/view/16293/16704 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | Privatización Asociaciones Público - Privadas Proceso de Promoción de La Inversión Privada Servicios Públicos y Obras Públicas de Infraestructura https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 |
| Sumario: | En el Perú se maneja un concepto amplio o polisémico de privatización, el cual implica todo tipo de actividad que busca devolver o transferir sea propiedad o sea la gestión de activos, empresas, bienes y servicios desde el Estado hasta los sujetos privados.El marco jurídico de Promoción de la Inversión Privada ha evitado en regular o introducir legalmente, cualquier tipo de atribuciones, potestades o prerrogativas estatales que puedan incidir directamente en la ejecución del contrato de concesión, los mismos que puedan significar altos riesgos para la atracción de la inversión privada producto de la indiscriminada intervención pública en la economía del país acaecidos en la década de los años setenta y ochenta. A partir del año 1991 a la fecha, el Estado se ha preocupado en reformular constantemente el régimen legal para la captación y Promoción de la Inversión Privada mediante lineamientos adjetivos en materia de servicios públicos, obras públicas de infraestructura y recursos estatales, sin preocuparse por el régimen especial del contrato de concesión. |
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