Caracterización de la jurisdicción penal ordinaria comparativamente con la jurisdicción especial comunal como manifestación del pluralismo jurídico en Perú

La presente investigación tiene como punto de partida la delimitación jurídica de la jurisdicción penal ordinaria y su relación con la jurisdicción comunal reconocida constitucionalmente a las comunidades campesinas y nativas, ejecutada con apoyo de las rondas campesinas, es un tema polémico, dada l...

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Detalhes bibliográficos
Autor: Rodríguez Cortez, Paúl Michael
Formato: tesis de maestría
Fecha de publicación:2019
País:Perú
Recursos:Universidad Nacional de Cajamarca
Repositorio:UNC-Institucional
Idioma:español
OAI Identifier:oai:repositorio.unc.edu.pe:20.500.14074/3264
Acesso em linha:http://hdl.handle.net/20.500.14074/3264
Access Level:acceso abierto
Palavra-chave:Jurisdicción Comunal
Jurisdicción Ordinaria
Derechos Fundamentales
Descrição
Resumo:La presente investigación tiene como punto de partida la delimitación jurídica de la jurisdicción penal ordinaria y su relación con la jurisdicción comunal reconocida constitucionalmente a las comunidades campesinas y nativas, ejecutada con apoyo de las rondas campesinas, es un tema polémico, dada la escasa legislación que establezca los límites a esta última jurisdicción, originándose conflictos por la delimitación de los ámbitos de competencia y por la determinación de la existencia entre ellas de relaciones de cooperación o de subordinación, desconociendo autonomía a la jurisdicción comunal. Siendo así, esta investigación se planteó como objetivo caracterizar a la jurisdicción penal ordinaria comparativamente con la jurisdicción comunal, como manifestación del paradigma del pluralismo jurídico, a fin de establecer sus diferencias y la relación existente entre ambas a la luz de la jurisprudencia del tribunal constitucional de Perú. A tales fines se diseñó una investigación no experimental, básica, de tipo cualitativa, descriptiva/explicativa, transversal y jurídica, en la que se aplicó el método analítico, sintético, deductivo, exegético, dogmático, hermenéutico y sistemático a fin de la interpretación de las normas que se hizo necesario estudiar aplicando la revisión y el análisis documental. Se concluye que cada uno de los tipos de jurisdicción estudiados tiene características propias que las hacen diferentes, pero aun distintas, coexisten bajo una relación de coordinación como manifestación del paradigma del pluralismo jurídico, como lo prevé la Constitución Política y ha señalado el Tribunal Constitucional de Perú en su jurisprudencia más reciente, recomendándose la aprobación de la Ley de Cooperación de Justicia Intercultural prevista constitucionalmente desde 1993.