El amparo en la constitución de 1979

El amparo es una de las instituciones que se incorpora como tal a la vida constitucional del Perú en la Carta de 1979. Los derechos fundamentales que la Constitución reconocía a los ciudadanos de la República fueron garantizados, en la Constitución de 1933, a través del hábeas corpus. Este instituto...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Borea Odría, Alberto
Tipo de recurso: artículo
Fecha de publicación:1981
País:Perú
Institución:Pontificia Universidad Católica del Perú
Repositorio:PUCP-Institucional
Idioma:español
OAI Identifier:oai:repositorio.pucp.edu.pe:20.500.14657/116343
Acceso en línea:http://revistas.pucp.edu.pe/index.php/derechopucp/article/view/5831/5825
https://doi.org/10.18800/derechopucp.198101.002
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Derecho
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Descripción
Sumario:El amparo es una de las instituciones que se incorpora como tal a la vida constitucional del Perú en la Carta de 1979. Los derechos fundamentales que la Constitución reconocía a los ciudadanos de la República fueron garantizados, en la Constitución de 1933, a través del hábeas corpus. Este instituto, como se sabe, fue ideado para la defensa del derecho de libertad individual (1). Con posterioridad, y debido a la necesidad de cautelar también los nuevos derechos sociales —distintos en su concepción y diferentes en su concreción a los derechos individuales de la formación liberal—, los juristas debieron crear una nueva figura que se adaptase a estas necesidades y que cumpliese con garantizar su vigencia cuando fueren atacados o violados. Esta nueva garantía fue el amparo. No obstante, su incorporación al constitucionalismo no ha sido rápida. En algunos países ha sido la jurisprudencia la que lo ha impulsado a la categoría de institución cautelar, arbitrando incluso, por falta de normas procesales preexistentes, un camino propio, como en el caso de Argentina (2).