La mediación en la sociedad de República Popular China: comparativa con el modelo de México en el siglo XXI

La resolución voluntaria de controversias con la ayuda de un tercero imparcial y sin capacidad para imponer una solución, no constituye un sistema exclusivo de occidente. China es heredera de una tradición milenaria en el uso de la mediación, confirmando la eficiencia de un sistema ajeno a ideología...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Borja García Vázquez
Tipo de recurso: artículo
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2021
País:México
Institución:Universidad Autónoma de Nuevo León
Repositorio:Redalyc-UANL
OAI Identifier:oai:redalyc.org:88571718006
Acceso en línea:https://www.redalyc.org/articulo.oa?id=88571718006
https://www.redalyc.org/journal/885/88571718006/
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Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Derecho
gran mediación
Mediación china
mediación popular
mediación mercantil
ciudadanización de la justicia
Descripción
Sumario:La resolución voluntaria de controversias con la ayuda de un tercero imparcial y sin capacidad para imponer una solución, no constituye un sistema exclusivo de occidente. China es heredera de una tradición milenaria en el uso de la mediación, confirmando la eficiencia de un sistema ajeno a ideologías y destinado a reforzar la necesidad de satisfacción de justicia de los ciudadanos. México en los últimos veinte años se ha adherido al empleo de la mediación, con lo que, por medio de la comparativa de ambos países, se pretende detectar aquellos puntos que podrían ser de interés al objeto de fortalecer el cuerpo normativo mexicano en la materia.