Las garantías laborales de los empleados de los organismos públicos descentralizados en el estado de Puebla

"El presente trabajo busca desentrañar el tema del régimen laboral aplicable a los organismos públicos descentralizados de Estado de Puebla, para lo cual previamente se hizo una breve remembranza histórica del Derecho Laboral en México, iniciando con la época pre colonial hasta llegar al actual...

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Detalles Bibliográficos
Autores: MEZA MARTINEZ, EDGAR; 840967, Meza Martinez, Edgar
Tipo de recurso: tesis de maestría
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2015
País:México
Institución:Benemérita Universidad Autónoma de Puebla
Repositorio:Repositorio Institucional de Acceso Abierto RIAA-BUAP
Idioma:español
OAI Identifier:oai:repositorioinstitucional.buap.mx:20.500.12371/9510
Acceso en línea:https://hdl.handle.net/20.500.12371/9510
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:CIENCIAS SOCIALES
Derecho laboral--México
Derecho constitucional--México
Funcionarios públicos--México--Puebla
Administración pública--Empleados
Contratos de trabajo--México
México. Ley Federal del Trabajo
Trabajadores de confianza
Descripción
Sumario:"El presente trabajo busca desentrañar el tema del régimen laboral aplicable a los organismos públicos descentralizados de Estado de Puebla, para lo cual previamente se hizo una breve remembranza histórica del Derecho Laboral en México, iniciando con la época pre colonial hasta llegar al actual artículo 123 Constitucional. Y para determinar qué tipo de régimen le aplica a los trabajadores de confianza modalidad con la que son contratados, se analizó el contenido de los Apartados “A” y “B” del mencionado artículo 123 Constitucional. Toda vez que, en la actualidad existen disposiciones legales que hacen procedente la aplicación de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos a los empleados de los Organismos Públicos Descentralizados de Carácter Local, no obstante que conforme al artículo 123 apartado “A” de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y confirmado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los citados trabajadores no son servidores públicos, sin embargo en la práctica los someten a procedimientos administrativos, encontrándonos ante un conflicto de leyes".