La construcción jurídico política del ejido y de los bienes comunales: México, 1915-1940
En este trabajo se analiza la legislación agraria de las primeras décadas del siglo XX. El propósito es mostrar cómo el ejido y los bienes comunales fueron construcciones jurídicas de la posrevolución (1920-1940) que tuvieron que ver más con las exigencias del Estado y los pactos políticos realizado...
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| Tipo de recurso: | artículo |
| Estado: | Versión publicada |
| Fecha de publicación: | 2023 |
| País: | México |
| Institución: | Instituto Nacional de Antropología e Historia |
| Repositorio: | Redalyc-INAH |
| OAI Identifier: | oai:redalyc.org:529575573009 |
| Acceso en línea: | https://www.redalyc.org/articulo.oa?id=529575573009 https://www.redalyc.org/journal/5295/529575573009/ https://www.redalyc.org/journal/5295/529575573009/html/ https://www.redalyc.org/journal/5295/529575573009/529575573009.epub https://www.redalyc.org/journal/5295/529575573009/movil |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | Antropología Posrevolución legislación agraria ejido y bienes comunales tergiversación del zapatismo |
| Sumario: | En este trabajo se analiza la legislación agraria de las primeras décadas del siglo XX. El propósito es mostrar cómo el ejido y los bienes comunales fueron construcciones jurídicas de la posrevolución (1920-1940) que tuvieron que ver más con las exigencias del Estado y los pactos políticos realizados con las diversas fuerzas sociales del país, que con el cumplimiento de los ideales zapatistas incluidos en el artículo 27 de la Constitución de 1917, en realidad, fueron tergiversados. A lo largo de este periodo, la normatividad agraria se centró en diseñar el ejido para la población mestiza y sólo hasta finales de 1940 surgió la figura jurídica de bienes comunales, destinado a dar protección legal a los recursos que aún conservaban los pueblos indígenas después de la avalancha ejidal y de la expansión de la pequeña propiedad. Al final del cardenismo, ambos sectores formaron parte de la economía pública y del Estado a partir de su vinculación con las instancias de gobierno y con la CNC. |
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