Beneficios de adoptar acuerdos conclusivos
"Los acuerdos conclusivos constituyen el primer medio de solución de conflictos en materia tributaria. Se trata de un procedimiento a través del cual, el contribuyente sujeto a las facultades de comprobación previstas en las facciones II, III, y IX del artículo 42 del Código Fiscal de la Federa...
| Autores: | , |
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| Tipo de recurso: | tesis de maestría |
| Estado: | Versión publicada |
| Fecha de publicación: | 2016 |
| País: | México |
| Institución: | Benemérita Universidad Autónoma de Puebla |
| Repositorio: | Repositorio Institucional de Acceso Abierto RIAA-BUAP |
| Idioma: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorioinstitucional.buap.mx:20.500.12371/14747 |
| Acceso en línea: | https://hdl.handle.net/20.500.12371/14747 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | CIENCIAS SOCIALES Tribunales fiscales Impuestos--Leyes y legislación--México Declaración tributaria Derecho fiscal--México |
| Sumario: | "Los acuerdos conclusivos constituyen el primer medio de solución de conflictos en materia tributaria. Se trata de un procedimiento a través del cual, el contribuyente sujeto a las facultades de comprobación previstas en las facciones II, III, y IX del artículo 42 del Código Fiscal de la Federación, relativas a revisión de gabinete, visita domiciliaria o la nueva revisión electrónica, puede acudir en cualquier momento, a partir de que es notificado de la orden con la que la autoridad fiscal inicia estos procedimientos y hasta antes de que se le notifique formalmente la resolución definitiva de contribuciones, a la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente a presentar su solicitud para dar inicio al procedimiento para la adopción del Acuerdo Conclusivo (PAC, por sus iniciales)". |
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