Creación de las contribuciones directas en Michoacán y Guanajuato, 1824-1846

El objetivo del artículo es comparar la creación de las contribuciones directas en los estados de Michoacán y Guanajuato de 1824 a 1846. Se aborda de forma cronológica: primero los impuestos a nivel nacional y después en las entidades comparadas, lo que permite entender ese proceso desde una perspec...

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Detalhes bibliográficos
Autores: Amor Mildred Escalante, Jorge Silva Riquer
Tipo de documento: artigo
Estado:Versão publicada
Data de publicação:2021
País:México
Recursos:Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo
Repositório:Redalyc-UMSNH
OAI Identifier:oai:redalyc.org:13773552008
Acesso em linha:https://www.redalyc.org/articulo.oa?id=13773552008
https://www.redalyc.org/journal/137/13773552008/
https://www.redalyc.org/journal/137/13773552008/html/
https://www.redalyc.org/journal/137/13773552008/13773552008.epub
https://www.redalyc.org/journal/137/13773552008/movil
https://doi.org/10.24901/rehs.v42i168.895
Access Level:Acceso aberto
Palavra-chave:Historia
Michoacán
siglo XIX
Guanajuato
Hacienda local
contribuciones directas
Descrição
Resumo:El objetivo del artículo es comparar la creación de las contribuciones directas en los estados de Michoacán y Guanajuato de 1824 a 1846. Se aborda de forma cronológica: primero los impuestos a nivel nacional y después en las entidades comparadas, lo que permite entender ese proceso desde una perspectiva del derecho fiscal y su aplicación en los diferentes momentos históricos. Nos enfocamos en los cambios y dificultades generadas para el gobierno general y estatal/departamental. El principal aporte es el trabajo comparativo entre Michoacán y Guanajuato desde el inicio del México independiente, así como la visión de larga duración del análisis de los impuestos directos creados con la finalidad de eliminar las alcabalas, consideradas una traba para la formación del mercado interno; sin embargo, esto no fue posible por los enfrentamientos internos y con los gobiernos extranjeros, que requirieron recursos que se cubrieron en parte con las contribuciones directas, ya fueran cobradas de forma ordinaria o extraordinaria. Proponemos que los diversos impuestos directos creados en las décadas estudiadas permitieron gravar la riqueza y las rentas particulares para ampliar la base fiscal a todos los ciudadanos, pero no consolidar su cobro, por lo tanto, no representaron un importante ingreso para dichos estados, como lo hicieron después de 1870.