MECANISMOS ALTERNATIVOS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS: UN ACCESO A LA JUSTICIA CONSAGRADO COMO DERECHO HUMANO EN LA CONSTITUCIÓN MEXICANA

La Constitución federal mexicana, a partir de la reforma del artículo 17 del 18 de junio de 2008, introduce al orden jurídico nacio - nal los mecanismos alternativos de resolución de conflictos como un derecho humano. Es así como la justicia alternativa alcanza su punto más alto, en virtud de que la...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autores: Wendolyne Nava GonzáLez, Jorge Antonio Breceda Pérez
Tipo de recurso: artículo
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2017
País:México
Institución:Universidad Autónoma de Ciudad Juárez
Repositorio:Redalyc-UACJ
OAI Identifier:oai:redalyc.org:88553311006
Acceso en línea:https://www.redalyc.org/articulo.oa?id=88553311006
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Derecho
ADR
derechos humanos
justicia alternativa
acceso a la justicia
Constitución mexicana
Descripción
Sumario:La Constitución federal mexicana, a partir de la reforma del artículo 17 del 18 de junio de 2008, introduce al orden jurídico nacio - nal los mecanismos alternativos de resolución de conflictos como un derecho humano. Es así como la justicia alternativa alcanza su punto más alto, en virtud de que la norma constitucional la establece como obligatoria para todas las áreas del derecho. Siguiendo la directriz que señala la Constitución en la materia, el presente artículo a través un análisis crítico de la nueva Ley de Justicia Alternativa del Estado de Chihuahua, como caso de estudio, busca determinar si la normativa estatal garantiza un verdadero acceso a la justicia mediante los mecanismos alterna - tivos de resolución de conflictos.