Viabilidad de los procedimientos para combatir los esquemas agresivos de omisión de contribuciones

“Debido a que en México se ha incrementado el número de contribuyentes que evaden al fisco especialmente en lo que se refiere a Operaciones Simuladas es de suma importancia el determinar la pertinencia del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación 2014, en donde se establecen los procedimient...

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Detalles Bibliográficos
Autores: Pérez García, Claudia, Hernández Hernández, Leticia
Tipo de recurso: tesis de maestría
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2016
País:México
Institución:Benemérita Universidad Autónoma de Puebla
Repositorio:Repositorio Institucional de Acceso Abierto RIAA-BUAP
Idioma:español
OAI Identifier:oai:repositorioinstitucional.buap.mx:20.500.12371/12952
Acceso en línea:https://hdl.handle.net/20.500.12371/12952
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:CIENCIAS SOCIALES
Finanzas públicas--Leyes y legislación--México
Impuestos--Leyes y legislación--México
Recaudación de impuestos--México
Impuesto sobre la renta--México
Descripción
Sumario:“Debido a que en México se ha incrementado el número de contribuyentes que evaden al fisco especialmente en lo que se refiere a Operaciones Simuladas es de suma importancia el determinar la pertinencia del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación 2014, en donde se establecen los procedimientos y mecanismos a aplicar por la Autoridad para erradicar dichos esquemas agresivos de evasión fiscal. Durante mucho tiempo, el Servicio de Administración Tributaria sostuvo que tales esquemas de evasión fiscal eran reproducidos por empresas multinacionales, al pretender migrar recursos y capitales de un país fiscalmente costoso a otro bajo o a un régimen fiscal preferente; sin embargo, a partir del ejercicio de las facultades de comprobación, la autoridad fiscal se percató que algunos de los contribuyentes no cuentan con la infraestructura necesaria para brindar bienes y servicios que los comprobantes fiscales amparan, de forma que aquéllos consignarían operaciones simuladas o inexistentes pero a pesar de ello les dan efectos fiscales para ser deducibles, lo cual altera la base gravable del Impuesto Sobre la Renta, disminuyendo así los niveles de recaudación”.