EL EJERCICIO DEL PERITAJE ANTROPOLÓGICO : PERSPECTIVAS, RETOS Y ALCANCES DE UN MODELO INTEGRAL PARA EL DICTAMEN CULTURAL EN CHIHUAHUA.

“El presente trabajo constituye un ejercicio teórico que recae sobre la Sistematización del Ejercicio del Peritaje Antropológico en Chihuahua, y que persigue la intención de que la propuesta aquí elaborada sea discutida en los términos de la experiencia concreta y su relación con la reflexión crític...

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Detalles Bibliográficos
Autor: VICTOR HUGO VILLANUEVA GUTIERREZ
Tipo de recurso: tesis de maestría
Estado:Versión aceptada para publicación
Fecha de publicación:2014
País:México
Institución:Centro de Investigaciones y Estudios Superiores en Antropología Social
Repositorio:Repositorio Institucional CIESAS
Idioma:español
OAI Identifier:oai:ciesas.repositorioinstitucional.mx:1015/1123
Acceso en línea:http://ciesas.repositorioinstitucional.mx/jspui/handle/1015/1123
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:info:eu-repo/classification/DLC/Antropología jurídica.
info:eu-repo/classification/DLC/Derechos indígenas - México - Chihuahua.
info:eu-repo/classification/DLC/Jurisprudencia etnológica - México - Chihuahua.
info:eu-repo/classification/Otro/Tesis - Maestría en Antropología Social, CDMX.
info:eu-repo/classification/cti/5
info:eu-repo/classification/cti/56
info:eu-repo/classification/cti/5602
info:eu-repo/classification/cti/560206
Descripción
Sumario:“El presente trabajo constituye un ejercicio teórico que recae sobre la Sistematización del Ejercicio del Peritaje Antropológico en Chihuahua, y que persigue la intención de que la propuesta aquí elaborada sea discutida en los términos de la experiencia concreta y su relación con la reflexión crítica. Esto desde los colegas antropólogos y abogados que han participado en las distintas etapas de aplicación de los saberes antropológicos y las estrategias jurídicas al momento de considerar como viable la doble negación en el terreno de la pluriculturalidad como táctica política para superar las formas de negación del contexto de pluralidad normativa existente en la jurisdicción territorial en la que recae el estado Chihuahuense. A la fecha son ya 24 años transcurridos desde que el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) fuera reconocido por el Estado Nacional Mexicano como instrumento jurisdiccional internacional vinculante en relación a la composición pluricultural y metalingüística en la que se sustentan los estados independientes. Como resultado de ello, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos ha sido reformada en distintas ocasiones para introducir en su articulado el reconocimiento de los Derechos de los Pueblos y Comunidades Indígenas existentes en el territorio nacional desde época a priora a la conformación del estado moderno. Los derechos de estos pueblos y comunidades han sido formulados con la intención de que sus integrantes constituyan sujetos con personalidad jurídica más allá de la máxima liberal que postula igualdad de todo ciudadano ante la ley. Derechos culturales, políticos y económicos representan la triada a la que recientemente se ha sumado la categoría de derechos humanos y que estructura en cierta manera el terreno desde el cual estos pueblos y comunidades pueden hacer valer sus propias nociones respecto al ser como sector de población”.