Tierras de común repartimiento y formación de ranchos en el sistema de riego de Cuautitlán, Estado de México, 1856-1911

En México la ley de desamortización de 25 de junio de 1856 estableció que todas las fincas rústicas y urbanas en propiedad de las corporaciones civiles o eclesiásticas debían adjudicarse en propiedad individual. La mayoría de los pueblos indígenas se resistieron a desamortizar sus tierras comunales,...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autores: Porfirio Neri Guareros, Gloria Camacho Pichardo
Tipo de recurso: artículo
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2019
País:México
Institución:Universidad Autónoma del Estado de México
Repositorio:Redalyc-UAEMEX
OAI Identifier:oai:redalyc.org:84559186006
Acceso en línea:https://www.redalyc.org/articulo.oa?id=84559186006
https://www.redalyc.org/journal/845/84559186006/
https://www.redalyc.org/journal/845/84559186006/html/
https://www.redalyc.org/journal/845/84559186006/84559186006.epub
https://www.redalyc.org/journal/845/84559186006/movil
https://doi.org/10.24215/15155994e113
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Estudios Agrarios
Ranchos
Desamortización
Historia agrario
Mercado de tierras
Derechos de propiedad
Descripción
Sumario:En México la ley de desamortización de 25 de junio de 1856 estableció que todas las fincas rústicas y urbanas en propiedad de las corporaciones civiles o eclesiásticas debían adjudicarse en propiedad individual. La mayoría de los pueblos indígenas se resistieron a desamortizar sus tierras comunales, pero algunos vecinos aceptaron rápidamente la desamortización de sus tierras de común repartimiento; por ejemplo, los vecinos de varias municipalidades que integraban el sistema de riego de Cuautitlán. En este sentido, el objetivo de este artículo es analizar el proceso desamortizador de las tierras de común repartimiento y la formación de ranchos en la municipalidad de Cuautitlán, entre 1856 y 1911. Se establece que el traslado de las tierras de común repartimiento a propiedad individual se dio rápidamente debido a tres aspectos: la posesión individual de las tierras, la pérdida del sentido comunitario sobre las mismas y la existencia del recurso hídrico. Así mismo, se concluye que los rancheros lograron acumular tierras desamortizadas, porque la venta de tierras era una práctica habitual en la región. Además, los nuevos propietarios vieron en las tierras y el recurso hídrico oportunidades de desarrollo económico enfocado a la actividad ganadera y lechera. Finalmente, el texto hace evidente que las formas de acceder y disfrutar de las tierras de común repartimiento sufrióeron cambios durante el siglo XIX; por lo que no podemos continuar considerándolas como tierras individuales que eran distribuidas entre las familias para su sobrevivencia.