Doctrina jurisprudencial de la moderación de la cláusula penal : (artículo 1154 CC)

La cláusula penal puede definirse como una obligación accesoria de un negocio jurídico que tiene como fin asegurar el cumplimiento de la obligación principal, permitiéndose en nuestro ordenamiento jurídico cláusulas penales sustitutivas, cumulativas, penitenciales o de desistimiento y moratorias. El...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Calleja Gómez, Yolanda
Tipo de recurso: tesis de maestría
Fecha de publicación:2019
País:España
Institución:Universidad de Alcalá (UAH)
Repositorio:e_Buah Biblioteca Digital Universidad de Alcalá
Idioma:español
OAI Identifier:oai:ebuah.uah.es:10017/46232
Acceso en línea:http://hdl.handle.net/10017/46232
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Cláusula penal
Incumplimiento contractual
Garantía
Daños y perjuicios
Contractual penalty clause
Breach of contract
Moderation of sentence
Guarantee
Damages
Derecho
Law
Descripción
Sumario:La cláusula penal puede definirse como una obligación accesoria de un negocio jurídico que tiene como fin asegurar el cumplimiento de la obligación principal, permitiéndose en nuestro ordenamiento jurídico cláusulas penales sustitutivas, cumulativas, penitenciales o de desistimiento y moratorias. Ello implica que, cuando el deudor incumple una obligación garantizada con cláusula penal y deba hacerse efectiva la pena, en numerosas ocasiones entre en juego la facultad moderadora de la misma. El presente trabajo tiene por objeto el estudio y análisis de la doctrina jurisprudencial recaída acerca de la moderación de la cláusula penal realizada por la Sala 1ª del Tribunal Supremo, cuyo mandato se encuentra regulado en el artículo 1.154 del Código Civil, con especial atención al carácter imperativo del precepto, y los requisitos establecidos en el mismo. Estos son: cumplimiento parcial o irregular de la obligación.